Tres años de cárcel para dos acusados de intentar atracar una sucursal bancaria de Manises

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El Juzgado de Instrucción nº 2 de Quart de Poblet ha confirmado la sentencia de tres años de prisión dictada contra los dos acusados de un robo con intimidación y uso de armas en grado de tentativa y por tenencia ilícita de armas después de que agentes de la Policía Nacional detuvieran a ambos cuando se disponían a atracar una sucursal del Bando de Valencia en Manises.
Los hechos ocurrieron el 4 de mayo de 2011 cuando los agentes que vigilaban la sucursal vieron cómo los dos hombres, cubiertas las manos con guantes, se dirigían hacia la oficina bancaria cuando el encargado de abrirla y desconectar la alarma procedía a hacerlo.

La Policía había dispuesto un operativo de vigilancia de la sucursal y del citado trabajador después de conocer, por intervenciones telefónicas autorizadas, que dos hombres, con antecedentes judiciales, planeaban cometer un robo con intimidación en el Banco de Valencia de Manises. Para ello, estaban vigilando a los empleados, especialmente, al encargado de abrir la puerta y desconectar las alarmas por la mañana.

Según la sentencia, los ya condenados habían seguido los pasos del empleado desde que salía de su domicilio, en el viaje en Metro que lo llevaba a Manises, y el trayecto a pie hasta la oficina bancaria.

El 4 de mayo, los agentes que participaban en el operativo de vigilancia vieron como los dos acusados se acercaban a las 7.12 horas a la sucursal cuando el trabajador se disponía a abrir la puerta. En ese momento, y tras observar que uno de ellos se tapaba la cara y se llevaba las manos a la cintura, los agentes decidieron intervenir y detener a los dos hombres.

En el momento de la detención, les intervinieron diez bridas de plástico y una pistola semiautomática, de calibre 9 mm y balas blindadas de la que no poseían licencia.

Por el delito de robo con intimidación y uso de armas en grado de tentativa, y el agravante de la reincidencia, el juez les impuso una pena a cada uno de un año y ocho meses de prisión y por el delito de tenencia ilícita de armas, una pena de un año y cuatro meses de prisión además del comiso del arma intervenida y del pago de las costas procesales.

A pesa de que la defensa presentó un recurso de apelación, este ha sido desestimado y la condena ha sido ratificada por el juzgado el 30 de enero de 2012 ya que el principal argumento de apelación, el considerar que las escuchas telefónicas eran de carácter prospectivo y predelictual, fue rebatido porque las escuchas se autorizaron y acordaron para investigar delitos de robo con intimidación ya cometidos.

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