El Consell ha aprobado una modificación de las bases reguladoras de las ayudas destinadas a restaurar y revitalizar el patrimonio cultural valenciano que resultó afectado por la DANA del 29 de octubre de 2024. El cambio busca simplificar la gestión de estas subvenciones y adaptar los requisitos de justificación a los plazos reales de ejecución de las actuaciones.
Las ayudas están dirigidas a la recuperación de bienes culturales dañados por la riada, entre ellos los Bienes de Interés Cultural (BIC), los Bienes de Relevancia Local (BRL) individualizados, los bienes muebles incluidos en inventarios y los equipamientos de museos y colecciones museográficas permanentes.
Se elimina el requisito de justificar el 40 % de la subvención
Una de las principales modificaciones afecta al requisito que obligaba a las entidades beneficiarias a acreditar, antes del 2 de noviembre de 2026, la ejecución de al menos el 40 % del importe total concedido. Esta condición estaba recogida en el artículo 14.4 del Decreto 157/2025, de 28 de octubre, y queda ahora eliminada.
La Generalitat justifica esta decisión por la dificultad de cumplir el plazo inicialmente establecido, especialmente en el caso de los ayuntamientos que sufrieron directamente las consecuencias de la dana. A ello se suma que los procedimientos administrativos vinculados a la contratación pública han retrasado en numerosos casos el comienzo de las obras, servicios y suministros necesarios para recuperar los bienes afectados.
La modificación no supone ningún incremento del gasto previsto en los presupuestos de la Generalitat, ya que únicamente adapta las condiciones de gestión y justificación de unas ayudas que ya fueron concedidas.
Se mantienen los pagos parciales a las entidades beneficiarias
El decreto también introduce cambios en el artículo 15.3 para mantener la posibilidad de realizar pagos parciales a cuenta. Para acceder a ellos, las entidades deberán justificar, mediante las correspondientes certificaciones, las obras, servicios o suministros que ya hayan sido ejecutados.
Esta justificación podrá realizarse hasta el 2 de noviembre de 2026, lo que permitirá ajustar los pagos al avance efectivo de las actuaciones de restauración y recuperación del patrimonio cultural.
Estas modificaciones se aplican sin afectar al anticipo del 30 % del importe total de las subvenciones que la Generalitat ya ha abonado a todas las entidades públicas beneficiarias. De este modo, el Consell pretende facilitar que los proyectos puedan avanzar y que los fondos destinados a reparar los daños provocados por la dana puedan ejecutarse de acuerdo con los tiempos reales de las administraciones responsables.














































































































































































































