El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de València ha ordenado al Ayuntamiento de Torrent que incluya en el primer pleno ordinario posterior a la sentencia los puntos de una moción del grupo municipal socialista relacionada con una posible cuestión de confianza de la alcaldesa, Amparo Folgado.
Según la resolución difundida por el PSPV, la exclusión de la propuesta del orden del día vulneró el derecho fundamental a la participación política de los concejales socialistas, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución Española.
El fallo obliga al consistorio a permitir que los puntos incluidos en la moción puedan ser debatidos por la corporación municipal. El Ayuntamiento de Torrent también deberá asumir las costas derivadas del procedimiento judicial, aunque no se ha concretado su importe.
La iniciativa planteaba instar a la alcaldesa a presentar un proyecto de presupuestos municipales y vincular su aprobación a una cuestión de confianza. El grupo socialista ha explicado que su intención no era formular directamente esa cuestión, una competencia que corresponde a la Alcaldía, sino someter al debate del pleno una propuesta política para solicitarla.
El PSPV acudió a los tribunales después de que la moción no fuera incorporada al orden del día. La sentencia considera que la decisión impidió al grupo municipal ejercer sus funciones de participación, control e impulso político dentro de la corporación.
El concejal socialista Eduardo Gómez ha defendido que la propuesta debía haber sido debatida por los grupos municipales con independencia de cuál fuera posteriormente el resultado de la votación.
Según ha explicado el edil socialista, “no queríamos plantear nosotros una cuestión de confianza, porque sabemos perfectamente a quién corresponde esa competencia. Lo que queríamos era que el pleno pudiera debatir y votar una propuesta política para instar a la alcaldesa a hacerlo”,.
Gómez ha criticado la actuación del Gobierno municipal de PP y Vox y ha recordado que el procedimiento judicial se inició para reclamar el derecho de su grupo a presentar la iniciativa ante el pleno. El concejal considera que el conflicto podría haberse evitado si la moción se hubiera incorporado al orden del día desde el principio.
Los socialistas también han lamentado que las costas judiciales deban ser asumidas por el Ayuntamiento y, por tanto, con cargo a los recursos municipales. Para el grupo, el fallo refuerza la obligación de garantizar que los concejales puedan ejercer sus funciones de representación y promover debates sobre la gestión municipal.
La resolución no obliga a Amparo Folgado a someterse a una cuestión de confianza ni anticipa cuál debe ser el resultado de la moción. Su efecto consiste en ordenar que la propuesta socialista sea incorporada al primer pleno ordinario que se celebre después del fallo para que pueda ser debatida por los miembros de la corporación.
El debate sobre los presupuestos y la cuestión de confianza regresará así al pleno municipal después de que el juzgado estimara la reclamación relativa al derecho de participación política del grupo socialista.













































































































































































































