La Generalitat Valenciana, a través de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, ha abierto un nuevo plazo para solicitar las ayudas al alquiler de vivienda dirigidas a las familias afectadas por la dana de octubre de 2024. El periodo de presentación de solicitudes permanecerá habilitado hasta el próximo 30 de septiembre de 2026, y cuenta con una dotación presupuestaria global de siete millones de euros.

El programa está diseñado tanto para ampliar por un año adicional las subvenciones de las 1.436 familias que ya las recibieron en la primera fase, como para incorporar a nuevos beneficiarios que no las tramitaron en la convocatoria inicial. Las ayudas cubrirán hasta un máximo de 12 meses de arrendamiento.
Cuantías y condiciones de las ayudas
La aportación económica alcanzará un límite máximo de 800 euros mensuales por unidad de convivencia —quedando limitada al importe real del alquiler si este fuera inferior— e incluye en dicha cuantía los gastos de garajes y trasteros vinculados en el contrato.
Los requisitos establecidos para acceder a estas subvenciones determinan que el solicitante debe ser propietario o inquilino de una vivienda habitual y permanente situada en alguno de los municipios damnificados, cuyos daños impidan el acceso o el uso seguro del inmueble. Asimismo, es condición indispensable no disponer de otra vivienda habitable a menos de 30 kilómetros de distancia del domicilio afectado.
Municipios beneficiarios y tramitación
Las ayudas se pueden solicitar en más de un centenar de localidades valencianas castigadas por las inundaciones y los daños estructurales. Entre ellas se encuentran Paiporta, Alaquàs, Albal, Aldaia, Alfafar, Benetússer, Catarroja, Massanassa, Picanya, Sedaví, Torrent, Alzira, Algemesí, Sueca, Cullera, Tavernes de la Valldigna, Utiel, Requena, Chiva, así como las pedanías del sur de València, abarcando zonas de l’Horta Sud, la Ribera, la Hoya de Buñol, Camp de Túria, la Serranía y Utiel-Requena.
Para la gestión de la solicitud, los interesados pueden realizar el trámite de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, o bien de manera presencial en el registro del Servicio Territorial de Vivienda de Valencia y en los distintos puntos habilitados por la administración autonómica, aportando la documentación que acredite los daños del inmueble y su situación residencial.



























































































































































































































