Quart de Poblet pone coto a los patinetes eléctricos con su primera ordenanza municipal

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El ayuntamiento de Quart de Poblet ha aprobado la primera ordenanza de movilidad que regula los patinetes eléctricos. Con esta nueva ordenanza, se establece de forma muy clara cuáles son los derechos y deberes de los patinadores eléctricos mejorando la convivencia en la circulación urbana.

Patinete eléctrico
Fuente: Ayuntamiento de Quart de Poblet.

Las ventajas del patinete han provocado un significativo aumento de su uso estos últimos años. Es por ello que desde el consistorio de Quart veían necesario legislar a estos medios de transporte. Y es que, al principio cualquier persona podía ponerse a los mandos de estos patinetes, lo que se traducía en un peligro para el peatón.

Así pues, con la regulación del patinete eléctrico, pasa a considerarse un Vehículo de Movilidad Personal (VMP). Es por esta razón que la edad mínima permitida para
conducir un patinete eléctrico es de 16 años.

Por otra parte, la nueva regulación establece que el límite máximo de velocidad es de 25 km/hora. Todos los vehículos de movilidad personal que sobrepasen esta velocidad serán considerados ciclomotor y, por tanto, tendrán la obligación de incluir una matrícula, permiso de circulación y un seguro. Además queda totalmente prohibido trucar el patinete para que alcance una mayor velocidad, exponiéndose si se hace a sanciones muy elevadas.

En ningún caso se podrá circular por travesías, vías interurbanas, autopistas, autovías dentro de poblado, túneles en ámbito urbano, zonas peatonales, aceras y carril bus. Los
patinetes tampoco podrán ir por zonas peatonales a no ser que se circule a pie junto al vehículo.

La circulación de los patinetes eléctricos se reserva a la calzada, y solo podrán utilizar los carriles bici cuando se encuentren en ella y no haya señalización que lo prohíba. En
ningún caso podrán compartir espacio con las bicis si el carril discurre por encima de las aceras.

Respecto al casco, los patinadores eléctricos se deben ir acostumbrando a llevar su cabeza cubierta en cuanto ponga un pie encima del Vehículo de Movilidad Personal. También se deben olvidar de escuchar música con cascos o utilizar el móvil, que en muchas ocasiones son los causantes de graves accidentes.

Otro de los aspectos que regula la ordenanza de movilidad aprobada por el Pleno y que ahora se encuentra en exposición pública es el hecho de que las bicis no se puedan candar al mobiliario urbano ni a otros elementos como árboles. En breve se van a ampliar los puntos de anclaje para asegurar que siempre haya un punto libre donde dejar la bicicleta.

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