Identificado un menor por causar daños de más de 3.500 euros en el campo municipal de fútbol de Picassent

valla campo futbol Picassent

La Policía Local de Picassent ha identificado al autor de los daños ocasionados en el vallado del campo de fútbol de césped artificial del polideportivo municipal de Picassent, unos desperfectos cuya reparación asciende a 3.588 euros. Tras la apertura de diligencias judiciales, al menor expedientado se le exigirá el pago íntegro de las reparaciones de la infraestructura pública.

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Los hechos se produjeron mientras los agentes realizaban labores de vigilancia y prevención en las instalaciones deportivas municipales. Durante el patrullaje, la dotación policial observó la presencia de varios menores en el interior del terreno de juego a pesar de encontrarse cerrado al público. Al inspeccionar la zona, los agentes comprobaron que parte del cerramiento perimetral había sido forzado y que uno de los postes metálicos de la valla había sido arrancado de su ubicación.

La misma patrulla había inspeccionado el lugar horas antes sin detectar ningún tipo de anomalía. La localización en el interior del recinto de una bicicleta y un patinete levantó las sospechas policiales, al no existir accesos habilitados para el ingreso de este tipo de vehículos con el recinto cerrado.

En el transcurso de la actuación policial, uno de los menores reconoció haber provocado los desperfectos con el fin de introducir ambos vehículos en el recinto y evitar dejarlos en el exterior. El joven indicó a los agentes el lugar donde había ocultado el poste metálico retirado y colaboró en su recuperación. Tras las comprobaciones, la Policía Local de Picassent contactó con la familia del menor para tramitar las actuaciones correspondientes según el procedimiento legal establecido.

El concejal del área, Salvador Morató, ha destacado “la labor que realiza la Policía Local en la protección de los espacios públicos y en la prevención de conductas que afectan al patrimonio municipal”. Asimismo, Salvador Morató ha recordado que “los daños ocasionados en instalaciones de uso colectivo generan un perjuicio económico que recae siempre sobre el infractor”.

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