Paterna expedienta a la empresa del tanatorio por incumplir la normativa urbanística e instalar un rótulo ‘provocativo’

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El Ayuntamiento de Paterna ha abierto un expediente sancionador a la empresa Abside Quart, que pretendía abrir un tanatorio en el casco urbano de la ciudad, por colocar un rótulo en la fachada con el nombre de 'Tanatorio Ciudad de Paterna' que incumple con lo dispuesto por el consistorio.

El Ayuntamiento recuerda que revocó a esta empresa la licencia de obras y declaró la caducidad de la declaración responsable ambiental, lo que le inhabilita para realizar cualquier actuación en el local que pretendía convertir en tanatorio, desde la realización de obras hasta la colocación de dicho cartel.

Tal y como han explicado desde el equipo de gobierno, “con la apertura de este procedimiento administrativo, requerimos formalmente a la empresa la retirada del cartel y, en caso de no hacerlo, le impondremos hasta 10 multas coercitivas” al mismo tiempo que han anunciado que no descartan emprender otro tipo de acciones judiciales contra la empresa.

La Policía Local se ha desplazado hasta el local para iniciar de oficio un informe que constate los hechos constitutivos de una infracción administrativa.

En este sentido, el ejecutivo del ayuntamiento de Paterna también ha recordado que “en julio del año pasado aprobamos definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que prohíbe la implantación de tanatorios dentro del casco urbano de Paterna”.

Provocación

El ayuntamiento de Paterna recuerda  que “el planeamiento vigente actual impide la ejecución de obras para construir un tanatorio-crematorio en el caso urbano y la actividad del mismo, con lo que no tienen ningún sentido que coloquen un cartel anunciando un servicio que es incompatible con nuestra realidad urbanística”, hecho que han calificado como una "provocación".

Del mismo modo, han indicado que “en la modificación del PGOU se definen las condiciones urbanísticas para la implantación del uso de tanatorios-crematorios en Paterna, prohibiéndose su uso en ámbitos residenciales consolidados y sólo permitiéndose en zonas industriales alejadas de estos núcleos urbanos”.

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