El Tribunal Supremo rechaza el recurso de la Generalitat contra el proyecto de Intu Mediterráneo

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El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso presentado por la Generalitat Valenciana contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) del 8 de octubre de 2019 que anuló una resolución de la administración autonómica que denegaba el proyecto de centro comercial Puerto Mediterráneo, modificado posteriormente a Intu Mediterráneo.

intu mediterraniEl tribunal argumenta la inadmisión por “irrecurribilidad” de la sentencia al tratarse de aplicación de derecho autonómico “siendo los preceptos estatales infringidos meramente instrumentales”.

El jazo explica que el rechazo se debe a no haber efectuado “fundamentación suficiente y singularizada” y subraya que la sala, en el auto del diciembre de 2019, dio contestación “explícita y suficientemente razonada” a la sentencia recurrida en casación.

La Abogacía de la Generalitat presentó recurso en casación ante el TS al considerar que el fallo del TSJCV chocaba con legislación estatal y directiva europea y, por ello, solicitaron al alto tribunal que dictara doctrina para asegurar un proceso con todas las garantías medioambientales, sociales y económicas.

La sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJCV anuló la resolución de 2016 que denegaba la propuesta de los promotores de Puerto Mediterráneo por entender insuficiente la memoria ambiental elaborada por la conselleria competente y emplazó a realizar una nueva que fije las condiciones para que la actuación propuesta por la mercantil Eurofund Investiment Puerto Ademuz sea sostenible.

 

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