El TSJCV falla a favor de CCOO en Aldaia sobre la utilización de bolsas de otras administraciones públicas

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La Sección Sindical de CCOO en el ayuntamiento de Aldaia y el Sector de Administración Local de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO PV recurrieron el acuerdo con el ayuntamiento de Cheste, al no haber cumplido con los criterios mínimos de la negociación colectiva, “por afectar a los derechos laborales y profesionales de los empleados públicos del ayuntamiento demandado por un tiempo prolongado de conformidad con Io previsto en el art. 37.L del EBEP”.

De este modo, pese a que el TSJCV en 2004 se pronunció favorablemente a la utilización de dichas colaboraciones de carácter interadministrativo entre ayuntamientos para el acceso de funcionarios interinos, por primera vez se pronuncia en cuanto a la necesidad de su negociación previa en el seno de la Mesa General de negociación. En concreto, encaja dentro del supuesto previsto en el art. 37.Lc) del EBEP que establece como objeto de negociación "las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos".

Comisiones Obreras celebra el fallo del TSJCV no solo por lo que respecta al reconocimiento de la negociación colectiva, sino en cuanto al control que sin duda se va a ejercer por parte de las secciones sindicales de los acuerdos realizados por todos y cada uno de los ayuntamientos del País Valenciano.

Así, en palabras del coordinador del Sector de Administración Local de la FSC PV, Juan Piqueras, “venimos observando que numerosos ayuntamientos recurren a las bolsas de trabajo de otras administraciones sin control alguno, por lo que esta sentencia es un paso más en nuestro firme propósito de hacer valer la negociación colectiva de buena fe, tal y como recoge la ley, y que ésta deje de ser un mero trámite para muchos ayuntamientos”.

Aldaia acata la sentencia al convocar la mesa sindical

En declaraciones a Hortanoticias, el ayuntamiento de Aldaia ha acatado la sentencia del TSJCV al no convocar a la mesa sindical antes de recurrir a la base de empleo de otros municipios. Las citadas fuentes han explicado que "hemos tenido que recurrir a la base de datos de otros municipios cuando la base de empleo de Aldaia no tenía solicitantes del perfil requerido o estaba agotada. Ahora sabemos que antes de recurrir a otras bases de datos municipales, deberemos convocar a la mesa sindical".

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