La SGAE se rinde y deja que la sentencia que dio la razón a un pub de Burjassot siente precedente

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La sentencia que dio la razón al café-pub Angelus de Burjassot en la demanda que le interpuso la Sociedad General de Autores por utilizar música de la que, según la SGAE, tenían los derechos se ha convertido en firme y, por lo tanto, sentará precedente después de que se haya pasado el plazo estipulado por el juez sin que la SGAE la haya recurrido, según ha confirmado a Hortanoticias.com, el dueño del local.
El café-pub Angelus de Burjassot fue el primero de la Comunitat Valenciana en ganar, el pasado mes de mayo, un juicio a la SGAE, que le exigía el pago de una cuota mensual de 120 euros por los derechos de autor de la música que el local utiliza como ambiente. El juez consideró que la SGAE no puede demostrar que toda la música que se pone en el pub sea de autores que ellos gestionan.

Hace dos años, un inspector de la SGAE se presentó en el local y exigió el pago de 120 euros mensuales bajo amenaza de demanda. La negativa del propietario llevó el caso ante los tribunales en un juicio verbal celebrado en el juzgado de lo Mercantil Nº3 bajo la presidencia del magistrado José María Cutillas.

En él, y como demandante, la Sociedad de Autores tenía que demostrar que toda la música que se usaba en el café burjassotense pertenecía a cantantes y músicos cuyos derechos gestiona la SGAE. Sin embargo, no fueron capaces de aportar ni un solo nombre de una canción o cantante que hubieran oído en su visita a la cafetería en la cual, además, no recabaron ninguna prueba para presentar en el juzgado.

No contaba la SGAE, al parecer, con una defensa basada en el uso de música libre de derechos. Y es que la defensa, orquestada por el letrado Juan Antonio Toledo, argumentó que la música que utilizaban provenía de páginas web donde los artistas permiten el uso de su trabajo libre de derechos. Además, el trabajador encargado de la música en el local, también es músico y aportó varios discos en cuya grabación ha participado y que, por tanto, también están libres de derechos.

Según el juez, la SGAE no pudo demostrar que toda la música que se pone en el Angelus esté gestionada por ellos y, por lo tanto, el local de Burjassot no está obligado a pagar la cuota de alrededor de 120 euros que le exigía la institución en concepto de derechos de autor por toda la música que se puede escuchar en la cafetería.

Además de eximir, en esta primera instancia, de toda responsabilidad a la dirección del local, el juez condenó a la SGAE a pagar las costas del juicio (alrededor de 300 euros). La SGAE tenía el derecho a recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial y, de hecho, abonaron la cuota de 50 euros que se exige para ejercer este derecho. Sin embargo, ha concluido el plazo para recurrir y, según la defensa, el recurso no se ha hecho efectivo por lo que la sentencia se convierte en firme.

Según declaró entonces el letrado Juan Antonio Toledo, la importancia de esta sentencia radica en que, por primera vez en la Comunitat, la SGAE ha perdido una demanda en la que solicitaba derechos de autor como ya ha sucedido en otras ciudades como Oviedo. “Esta sentencia sentará precedentes”, reconoció Toledo, quien señaló que permitirá abrir los ojos a muchos empresarios para que puedan defenderse ante exigencias que pueden resultar injustas.© C. Dubal/Hortanoticias

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