El TSJCV autoriza ampliar la obligatoriedad del certificado covid a toda la hostelería, gimnasios, cines, teatros y sedes festeras

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha autorizado este miércoles la ampliación de la obligatoriedad del certificado covid para acceder a todos los locales de hostelería y restauración, sea cual sea su aforo, además de a otros establecimientos como gimnasios y otras instalaciones deportivas, salas de espectáculos como cines, teatros y circos, y sedes festeras en las que se consuma bebida y/o comida.

Cabe destacar que la obligatoriedad de presentar el pasaporte covid en todos los locales de hostelería, amplia también los espacios de exigencia de ese certificado a "todos los lugares cerrados y abiertos" donde se ofrezca servicio, lo que significa que también será obligatorio en las terrazas de los establecimientos de hostelería.

Por último, La Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV, que es la que ha acordado esta ampliación, también autoriza prorrogar la vigencia del certificado covid hasta el próximo 31 de enero.

Estas medidas, contenidas en la resolución de la Conselleria de Sanidad del 21 de diciembre, entrarán en vigor a las 0:00 horas del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El Tribunal considera que la prórroga de la medida en aquellos espacios donde ya era obligatorio presentar el certificado covid está justificada por la evolución de la pandemia. Su ampliación a nuevos establecimientos y espacios resulta “idónea, necesaria y ponderada o equilibrada, en tanto se derivan de ella más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto”, precisa.

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