Condenada a 4 años de internamiento por intentar matar a sus hijos en su casa de Torrent tras dejar el gas abierto

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La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una mujer a cumplir cuatro años de internamiento en un psiquiátrico por intentar matar a sus trillizos de 16 meses y a otra hija de cuatro años tras dejar el gas de la cocina abierto y marcharse de casa, en una vivienda de Torrent, según consta en una sentencia de la Audiencia.
El tribunal considera a la mujer, de origen venezolano, autora de cuatro delitos de asesinato en grado de tentativa, pero aprecia las circunstancias atenuantes de trastorno mental y de arrepentimiento. Por este motivo, le condena a cuatro años de prisión --privación de libertad-- que deberá cumplir en un hospital penitenciario psiquiátrico.

El incidente tuvo lugar sobre las 9.00 horas del día 14 de julio de 2009, en una vivienda de Torrent en la que vivía la procesada, quien padece límites de la personalidad y que en el momento de los hechos le producían una notable alteración intelectivo volitiva que no anulaba sus bases psicológicas de la imputabilidad.

La mujer convivía con un hombre y con sus trillizos y una hija de cuatro años. Ese día, después de hablar con los niños de sus deseos de morir todos juntos, y de librarse de la compañía de su pareja a quien le atribuía una conducta infiel, administró a la niña un medicamento inductor del sueño, y estando los trillizos en sus cunas, abrió las espitas del gas de la cocina.

En ese momento, las ventanas de la casa estaban cerradas y encendió un aparato de refrigeración, pero en aire caliente. Tras ello, se fue de la casa. Pasado un tiempo, la mujer quiso entrar de nuevo en la casa, pero no tenía llaves.

Entonces, la mujer intentó descolgarse desde la terraza sujeta a una cuerda de tender, pero como no lo logró, entró finalmente desde el balcón de una casa vecina. Luego, una vez en el interior, franqueó a la policía que llegó allí alertada por los vecinos.

Los trillizos no sufrieron ningún daño, mientras que la niña tampoco registraba signos de haber inhalado gas. No obstante, como esta última permanecía somnolienta por la medicación que le había suministrado su madre, precisó de asistencia médica y se le practicó, por precaución, un lavado gástrico.

La acusada reconoció ante el tribunal los hechos aunque con "exposición poco ordenada", y hasta desmintió al vecino, dueño de la casa desde la que pasó a la suya, cuando éste declaró que el paso general del gas lo encontró cerrado.

Ante ello, el tribunal indica que "es posible" que la llave general la hubiese cerrado la mujer cuando entró de nuevo en la casa a través de una terraza contigua a la cocina, pero todos los testigos identificaron el olor característico del gas. Por tanto, considera acreditado que la mujer, movida por el "desaforado afán" de hacerse notable ante su compañero, tramó este "espectáculo dantesco" de acabar con la vida de sus hijo, de lo que muy pronto se arrepintió dado que los niños resultaron indemnes.

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