La Audiencia de Valencia decreta el archivo de la causa por la construcción del circuito de Fórmula 1

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La Sección Quinta de la Audiencia de Valencia ha dictado hoy un auto por el que se estima el recurso de Fiscalía y se decreta el archivo del procedimiento seguido en el Juzgado de Instrucción 17 de Valencia relativo a los contratos para la construcción del circuito de Fórmula 1. Un auto que exculpa al expresidente de la Generalitat, Paco Camps, de un delito de prevaricación continuada y malversación de caudales públicos.

Los razonamientos jurídicos en los que se sustenta la orden de sobreseimiento señalan que, ya que los hechos constitutivos de delito continuado de prevaricación, se habrían dado en la firma de contratos el 12 de marzo, 12 de junio y 28 de septiembre, con una condena de 7 a 10 año y un plazo de prescripción de 10 años.

Resumiendo, y tras confirmar que las diligencias "prolijamente practicadas" sí ponen de relieve que los hechos son constitutivos de dichos delitos, el juez estima que, al haberse incoado las diligencias el 30 enero de 2018, el dies ad quem  -esto es, el plazo de prescripción- que estaría situado en el 27 de diciembre de 2017, estaba ya sobrepasado.

La única forma en que este delito podría ser perseguible pasado dicho plazo, sería "en virtud de la conexidad con el delito de malversación de caudales públicos. El tribunal en este sentido ha llegado a la conclusión, reza el auto, de que no siendo posible constatar un perjuicio económico directo para la Generalitat Valenciana, derivado de los expedientes analizados, "no cabe admitir la prosecución de un procedimiento al que ningún futuro razonables cabe augurar".

El auto también incide en que no es suficiente el elevado coste del circuito de Fórmula 1 para concluir en otro sentido, aunque el Sr. Camps asegurara en público que dicho coste sería "0".

"En términos jurídicos -acaba el auto- es preciso para poder perfilar un delito conocer, siquiera de forma aproximada, la cantidad en la que se hubiera perjudicado al erario público".

Queda, por tanto, sobreseída la causa y libre de toda culpa, una vez más, Francisco Camps.

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