Archivada la causa abierta contra la alcaldesa y el edil de Fiestas de Moncada por las paellas universitarias

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Moncada ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa abierta contra la alcaldesa de Moncada, Amparo García,y contra el concejal de fiestas, Martín Pérez Aranda, por un presunto delito de prevaricación administrativa en el marco de la celebración en el municipio de las Paellas Universitarias, que reunió a más de 25.000 personas.

Paellas Universitarias 2018El proceso se inició a instancias de la acusación popular que denunciaba que este evento se había desarrollado "sin contar con las autorizaciones administrativas pertinentes". Tras la recepción de dicha denuncia, la Fiscalía Provincial de Valencia interesó su remisión al juzgado competente, "ante la presencia de hechos que pudieran ser constitutivos de un delito de prevaricación".

Según señala el auto judicial, en un caso como el presente, para que concurra un delito de prevaricación "no puede bastar con que la actuación de los investigados sea contraria a derecho, porque en ese supuesto no habría ninguna distinción entre cualquier infracción del ordenamiento jurídico y la conducta delictiva. Además, en el presente procedimiento se plantea por la acusación popular que no se habrían acordado por parte de los investigados las resoluciones que prohibieran la celebración del macroevento, a pesar de que la actividad no contaría con las pertinentes autorizaciones administrativas. Por consiguiente, nos encontraríamos presuntamente ante un supuesto de prevaricación por omisión".

La resolución judicial argumenta que "no existe constancia alguna de que el evento se desarrollara en la vía pública. Al contrario, de los documentos aportados y de la declaración testifical del legal representante de la empresa organizadora se desprende que la actividad tuvo lugar únicamente en espacios privados, que habrían sido alquilados por los promotores a varios particulares, según se aprecia en los contratos de arrendamiento obrantes en autos. Por otro lado, la acusación popular alega que hubo actuaciones en el espacio donde se celebró el evento que requerían de la concesión de licencia de obras a la empresa organizadora. No obstante, los documentos aportados, especialmente el proyecto de actividad, no muestran que estuviera proyectada la ejecución de actuaciones constructivas de entidad en dichos espacios".

La acusación popular considera que existiría prevaricación por el incumplimiento de acuerdos del pleno municipal de fecha 28-3-18. En concreto, se habría aprobado una moción en la que se instaba a la alcaldesa a paralizar el evento de las paellas universitarias y también se acordaba la creación de una comisión informativa con los portavoces de los grupos políticos, en la que se presentaría la documentación e informes sobre la actividad. La acusación particular considera que se habrían incumplido ambos acuerdos. "De partida –señala el auto-, ha de considerarse que 'instar a paralizar' no es lo mismo que 'decidir paralizar'. Resulta notorio que el pleno municipal no ostenta competencias de gestión que le permitan impedir que se celebre un evento de estas características. Precisamente por ello el acuerdo no decide la paralización, sino que insta a la alcaldesa a que la lleve acabo. Por tanto, el acuerdo que incluye esta petición se agota en sí mismo con la solicitud, sin que suponga ninguna infracción jurídica cualquier actuación posterior de la alcaldesa, en el sentido de paralizaro no el evento".

En conclusión, "los hechos investigados pueden tener relevancia en el debate público o en la esfera administrativa, pero no se ha acreditado la concurrencia de indicios de comisión de un delito de prevaricación por parte de los investigados" por lo que el juzgado número 1 de Moncada declara el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

La sentencia recuerda que esta resolución no es firme y contra la misma se puede interponer recurso de reforma en el plazo de tres días desde su notificación.

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