Abren un acta de infracción a EMT València, Covamur y Ballester por "cesión ilegal de trabajadores"

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La sección sindical de CGT en EMT València ha informado en rueda de prensa, por medio de su secretario general, Gregorio Rabadán, de la apertura por Inspección de Trabajo de un acta de infracción a la empresa municipal y a las subcontratas Covamur y Ballester por “cesión ilegal de trabajadores”.

La decisión de Inspección de Trabajo viene, ha explicado Rabadán, a raíz de una denuncia realizada desde la sección sindical por vulneración del artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores, ”infracción que ha sido catalogada por el inspector de trabajo como muy grave y que puede acarrear sanciones económicas de entre 100.000 y 180.000 euros para cada una de las empresas implicadas, además de liquidar las cuotas a la seguridad social de los trabajadores en cuestión, derivadas de la diferencia salarial del convenio de las empresas subcontratadas y el convenio de la empresa contratante con al menos cuatro años de retroactividad” según ha explicado el responsable sindical.

CGT reconoce que no es conocedora de los términos en los que ha sido redactada el acta de infracción “por imperativo legal, aunque se la hemos solicitado a EMT como sección sindical y mañana se la solicitaremos desde el máximo órgano de representación de los trabajadores, el Comité de empresa”, explican desde el sindicato. No obstante, aclara que “sí hemos sido informados por la Inspección de trabajo de que los hechos y circunstancias que en su día se denunciaron, han sido investigados y constatados en visitas al centro de trabajo y reuniones con las empresas infractoras y en consecuencia se ha abierto expediente sancionador”.

Los hechos denunciados por CGT consisten en que “los trabajadores cedidos realizan sus servicios en los centros de trabajo de EMT, junto a los trabajadores de la empresa municipal, desarrollando la misma actividad que estos y a las órdenes directas de los cuadros de mando, encargados de EMT, quienes controlan el desarrollo concreto del trabajo”, además  “realizan trabajos y funciones que no están descritos en los contratos, sin la formación adecuada en materia de prevención y riesgos laborales, a requerimiento de los encargados de EMT, utilizan las mismas herramientas y medios que los de EMT y tienen idéntico horario de descanso de bocadillo”.

“Las empresas Ballester y Covamur no aportan una autonomía técnica, ni valor añadido, solo mano de obra, en concreto para realizar el trabajo de conductor de maniobras, actividad que viene recogida en convenio y que es realizada también por trabajadores de EMT en todos los turnos, a pesar de que estas empresas no tienen entre los propósitos de su actividad empresarial y laboral la conducción de vehículos para los que se necesite el permiso de conducción de la clase D. Sin embargo, contratan a trabajadores cuya actividad única es la conducción de estos vehículos”, explica Rabadán, que indica que estas empresas contratistas cobran en base a productividad: “No existe un contrato de obra y servicio; el trabajo se realiza indistintamente por esos trabajadores y por los trabajadores adscritos a la plantilla de la empresa principal”.

En el pliego de condiciones EMT se reserva el derecho de organización, “concretamente el derecho de veto de cualquier trabajador cedido, es decir, tiene facultad para tomar decisiones sobre la baja en la actividad de los trabajadores de plantilla de las empresas contratistas”, ha indicado el secretario general de CGT en la EMT.

Gregorio Rabadán ha insistido en que “la intención de CGT nunca ha sido la de que se sancionara a la EMT, pero sí acabar con un modelo de precariedad que viene dándose desde 2003, los trabajadores deberían estar en convenio de EMT Valencia y cobrar lo mismo que quienes realizan las mismas tareas".

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