València participa en la modificación de la Ley de Mecenazgo para cobrar impuestos a la Iglesia

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El concejal de Hacienda del Ayuntamiento de València, Borja Sanjuán, y la concejala de Hacienda del Ayuntamiento de Barcelona, Montserrat Ballarín, han mantenido esta mañana una reunión telemática, para coordinar los trabajos de modificación de la Ley de Mecenazgo que permita cobrar a la Iglesia impuestos municipales por las actividades económicas que desarrolla.

En el encuentro, Sanjuán ha explicado el trabajo desarrollado por el Ayuntamiento de València desde 2015 para poder cobrar impuestos a las confesiones religiosas por todas aquellas actividades por las que obtienen un beneficio económico, tal y como ha avalado la Justicia Europea y ya han reconocido algunos tribunales españoles. “Hoy hemos mantenido una reunión desde la Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de València y la análoga del Ayuntamiento de Barcelona, con varios diputados del Congreso. El objetivo es coordinarnos para acabar con los beneficios fiscales injustos que en España está recibiendo a día de hoy la Iglesia Católica, que está dejando de tributar por unas actividades económicas por las que sí que paga cualquier autónomo o empresario”, ha manifestado el concejal tras el encuentro telemático.

El concejal ha subrayado que las administraciones están haciendo ahora un esfuerzo “para intentar adaptar esta normativa a lo que ya dice el derecho de la Unión Europea y defendemos desde estos ayuntamientos, para que a igual actividad económica, la tributación sea la misma. Hasta la fecha esos beneficios son del todo ilegales y lo que necesitamos es clarificar la norma para dar cobertura a lo que ya están diciendo los tribunales dando la razón a nuestros ayuntamientos”.

La modificación de la Ley de Mecenazgo en la que están trabajando los ayuntamientos de València y Barcelona en el marco de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) afectaría exclusivamente a las actividades económicas que se realizan directamente por confesiones religiosas o en inmuebles de su propiedad y que, por tanto, colisionarían con la libre competencia al estar exentas actualmente de cualquier tipo de tributación en contra de los dictámenes de la Justicia Europea. Todas las actividades sociales o vinculadas con el culto, por su parte, mantendrían todos los beneficios fiscales que les otorga la Ley de Mecenazgo.

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