El PP impugnará los acuerdos del consejo de EMT por "lesivos para el interés público"

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La portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de València, María José Catalá, ha explicado hoy, momentos antes de que se celebrara el consejo de administración de EMT València, que los representantes populares en el consejo, Marta Torrado y Carlos Mundina, se han opuesto inicialmente a que tuviera lugar este consejo “porque la convocatoria ha sido irregular y porque los consejeros no tenían toda la documentación”.

Finalmente el consejo se ha celebrado y los concejales del Grupo Popular, Marta Torrado de Castro y Carlos Mundina Gómez, han votado en contra de los nombramientos del gerente, del director adjunto y de la responsable de comunicación, “por considerar que su aprobación debería haberse pospuesto hasta que se aclaren las responsabilidades del robo de 4 millones de euros de la empresa, y porque estos contratos de alta dirección deberían de adjudicarse mediante un procedimiento que respete los principios de igualdad, publicidad, concurrencia y no discriminación”.

Por cautela, los ediles populares han pedido previamente la retirada de los puntos 2,3 y 4 del orden del día del consejo de la EMT. Porque además de las irregularidades en la convocatoria, “los acuerdos votados implican que se pongan en marcha procesos de contratación de personal de alta dirección de la empresa sin valorar los principios de mérito y capacidad y los criterios de idoneidad, sin garantizarse la publicidad y concurrencia” han señalado.

En relación con el punto 2 del orden del día, la contratación externa de un secretario asesor, Torrado y Mundina han advertido que el Plan-programa de Armonización y Homologación de las entidades del sector público local del Ayuntamiento de Valencia establece que “estos contratos deberán de adjudicarse mediante un procedimiento que respete los principios de igualdad, publicidad, concurrencia y no discriminación”. Además, dicho contrato supera el límite de los contratos menores por el importe del mismo en su cómputo anual, y desconocemos que tipo de contrato del sector público, y el procedimiento de adjudicación que se ha seguido para su otorgamiento.

Respecto a los puntos tercero y cuarto del orden del día, el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sobre el personal directivo profesional, dispone:

“apartado 2.- Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.

Apartado 3.- El personal directivo estará sujeto a evaluación con arreglo a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los objetivos que les hayan sido fijados”.

Por lo que, en atención a lo dispuesto en dicha norma, “deberían de aprobarse unas bases que atiendan en todo caso a dichos principios, mediante la publicación de las mismas en el BOP, y que recogiese aspectos tales como; objeto de la convocatoria, plazo de presentación de candidaturas con indicación de la forma y lugar, comisión de valoración, procedimiento de contratación, así como los requisitos y méritos que sean objeto de valoración”, han subrayado Torrado y Mundina.

Igualmente, tanto en el convenio colectivo de la EMT como en la Pla-Programa d’Harmonització i Homologació de les Entitats del Sector Públic local de l’Ajuntament de Valencia, aprobada el 24 de mayo de 2019, señalan que los procesos que deben seguirse para la provisión de puestos de trabajo en la EMT y en el sector público local deben ser informados por el Servicio de Personal del Ayuntamiento.

En consecuencia, han finalizado los ediles populares, “entendemos que los nombramientos del personal de director-gerente, director adjunto y responsable de comunicación se sometan a este trámite previo para que su contratación se provea por un procedimiento en el que estén garantizados los principios de mérito, capacidad, idoneidad, publicidad y libre concurrencia, tal y como lo anunciamos y presentamos escritos con registro de entrada el pasado día 4 de octubre de 2019”.

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