La Conselleria de Vivienda ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para acceder a más de 120 viviendas de protección oficial a través de un alquiler asequible de entre 200 y 325 euros, excepto los inmuebles de la Ciudad de la Luz de Alicante, que llegarán a los 420 euros.
De las viviendas ofertadas, 20 pertenecen a la provincia de Alicante (18 en Alicante ciudad y dos en San Vicente del Raspeig), 84 a la provincia de Valencia (45 en Gandia, 35 en Albaida, dos en València y dos en Paterna) y 18 en la provincia de Castellón (en Vinaròs).
El precio del alquiler de las viviendas variará entre los 200 y los 325 euros al mes, con la salvedad de los inmuebles situados en la Ciudad de la Luz de Alicante, cuyo preció ascenderá a los 420 euros, ha informado la Generalitat.
En los últimos años, se había generado un stock de vivienda acabada, nueva y sin vender. Los intentos de venta del anterior Gobierno resultaron infructuosos, dado que las condiciones no eran atractivas ni accesibles para los ciudadanos, según las fuentes.
A esta situación se ha añadido la actual problemática de acceso a la vivienda en régimen de alquiler asequible, de ahí que el Consell decidiera cambiar el régimen de uso de estas VPO, pasando de venta y alquiler con opción a compra a alquiler.
La adjudicación de estas viviendas se realizará de acuerdo con la Resolución del 16 de junio de 2017 de la Conselleria de Vivienda, por la que se aprobaban los criterios sociales de acceso en régimen de arrendamiento a las viviendas de protección pública propiedad de la Conselleria.
De acuerdo con esta resolución, además de cumplir los requisitos establecidos para residir en una vivienda protegida, se prioriza a víctimas de violencia de género; afectados por un desahucio o impago de cuotas de alquiler; discapacitados; familias con menores a su cargo; residentes en inmuebles con barreras arquitectónicas no subsanables; o familias para las que pagar el alquiler suponga más del 25 % de los ingresos.
La resolución también tiene en cuenta otras situaciones como que en la unidad familiar haya algún integrante menor de 35 años o mayor de 60 años, así como solicitantes que se ven obligados a desplazarse por motivos laborales.
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