El TSJCV avala la tasa de basuras del área metropolitana de Valencia que se cobra junto a la factura del agua

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Manises. EMTRE. Planta de Manises

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha estimado parcialmente el recurso de la Entidad Metropolitana de Tratamiento de Recursos (Emtre) de Valencia contra un fallo previo que anulaba la conocida como tasa Tamer de basuras, al considerar que se notifica correctamente junto al recibo del agua.

Según el contenido de la sentencia, facilitada hoy por la Emtre, se considera válida la notificación de esa tasa porque el sujeto que domicilió el cobro tuvo conocimiento de la misma y la cuota impuesta, aunque se admite que hubiese sido preferible que se informase de la misma de forma separada al recibo del agua y con mayor concreción.

Al respecto, la presidenta de la Emtre, Maria Àngels Ramón-Llin, ha mostrado su satisfacción ante esta sentencia por entender que ratifica la legalidad de la tasa Tamer y la corrección de su aplicación.

Para la presidenta de la Emtre, la sentencia "supone una gran satisfacción porque deja claro que la tasa Tamer es correcta, que se aplica correctamente y que todo se ha hecho desde el primer momento conforme a ley. Las cosas se han hecho bien y así lo ha reconocido el TSJCV. Es importante que lo sepan los contribuyentes, los ciudadanos del área metropolitana de Valencia".

Ramón-Llin insistió en su compromiso para rebajar la tasa “y así ha sido en este año 2013 en un 13 %, y la congelación de la misma (no se incrementa ni tan siquiera el IPC) para 2014, incluyendo la asunción del incremento del IVA que no hemos repercutido en los ciudadanos".

La presidenta de la Emtre sigue trabajando "para rebajar la tasa aún más", teniendo en cuenta que se está "reduciendo considerablemente la deuda que existía en la Emtre. En el último año varias resoluciones judiciales avalan nuestro trabajo y nos han dado la razón frente a varios ayuntamientos socialistas que se negaban a cobrar la tasa infringiendo la ley, así como otras más recientes que avalaron la contestación que se dio a los ciudadanos que habían recurrido la tasa, mediante la publicación de edictos en el BOP".

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