El Ayuntamiento de Burjassot destina más de 400.000 euros a la tercera fase de ayudas del Plan Resistir

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El Ayuntamiento de Burjassot ha puesto en marcha la tercera convocatoria para la concesión de las ayudas económicas a autónomos y microempresas del municipio cuya actividad se haya visto afectada por la pandemia de la Covid-19, en el marco del "Plan Resistir".

Esta tercera fase va a suponer, para las arcas municipales, un gasto de más de 400.000 € que, unidos a las cantidades ya pagadas en las dos fases anteriores, suponen un montante de cerca de 1.200.000 € que se han destinado, íntegramente, a la ayuda a los sectores comerciales más castigados por la Covid-19. Más de 650 empresas, autónomos o comercios se han visto beneficiados en estas dos primeras convocatorias, y se espera que en esta última convocatoria se pueda llegar a más de los 800 beneficiados en total.

Esta tercera fase las ayudas están destinadas a sectores tales como academias, gestores, educación deportiva, educación cultural, guarderías, ópticos, optometristas, podólogos, odontólogos y protésicos dentales, entre muchos otros, y al mismo tiempo se han vuelto a incluir todos los CNAE y epígrafes de las anteriores dos convocatorias para que aquellas personas que no pudieron solicitar en su momento las ayudas, puedan hacerlo ahora. Esta tercera convocatoria da pues una nueva oportunidad a todos los comercios, autónomos o micro empresas a solicitar estas ayudas.

Las ayudas, que se podrán solicitar del 5 al 20 de octubre, ambas fechas incluidas, de manera telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burjassot, se concederán por el régimen de concesión directa y podrán ser beneficiarios de las mismas los autónomos y microempresas con un máximo de 10 trabajadores/as que tengan su sede física y/o domicilio fiscal en Burjassot. También podrán beneficiarse de las mismas las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, se encuentren legalmente constituidas y puedan llevar a cabo actividades empresariales o profesionales que motiven la subvención y que cumplan los requisitos estipulados en las bases.

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