Alfonso Grau, condenado a cuatro años de cárcel por cohecho y blanqueo de capitales

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a penas que suman cuatro años y dos días de prisión, así como dos años y un día de suspensión de empleo y cargo público, al que fuera primer teniente de alcalde de Valencia Alfonso Grau como autor de un delito continuado de cohecho y un delito de blanqueo de capitales.

La sentencia declara probado que el político recibió en diciembre de 2010 y el mismo mes de 2011, en atención al cargo público que ejercía, sendos relojes de lujo que le había regalado un proveedor del Ayuntamiento, Urbano Catalán, también condenado a nueve meses y un día de cárcel en esta causa por un delito continuado de cohecho.

Según el tribunal, el entonces primer teniente de alcalde de Valencia cambió los dos relojes en la joyería donde habían sido adquiridos por el empresario por otros de mayor valor y pagó la diferencia en metálico para “ocultar el origen ilícito” de los obsequios.

El empresario condenado era apoderado de varias empresas dedicadas al transporte urbano e interurbano que habían suscrito con el Consistorio valenciano un total de 16 contratos entre los ejercicios 2006 y 2015.

En las mismas fechas del segundo regalo, diciembre de 2011, una de esas mercantiles, Transvia SL, había recibido la adjudicación por parte del Ayuntamiento de un contrato para el servicio de gestión y ejecución de fiestas y conmemoraciones para personas mayores por un importe de 652.748 euros, IVA incluido.

La Sala cifra en 25.095 euros el lucro obtenido con ambas operaciones por el antiguo concejal y le impone una multa por igual cuantía. Por el delito continuado de cohecho, los magistrados le condenan a nueve meses y un día de prisión, así como a dos años y un día de suspensión de empleo y cargo público. Por el delito de blanqueo de capitales, le imponen tres años, tres meses y un día de cárcel.

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, impone asimismo a los dos condenados el pago de las costas del proceso.

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