Los juzgados de instrucción número 6 y 16 de Valencia y el número 2 de Mislata han condenado por intrusismo profesional a tres falsos odontólogos de Valencia y Mislata que trataban a pacientes en varios locales de las citadas poblaciones cuando no estaban titulados para ello.
La primera intrusa fue descubierta mientras examinaba bocas y prescribía tratamientos en un taller dental situado en la calle Escalante del barrio de El Cabanyal de Valencia. En este caso, la condenada era técnico de prótesis dental, una titulación que en ningún caso permite tratar pacientes sino fabricar prótesis. Precisamente por ello, el tribunal condenó a Dolores C. C. por delito de intrusismo contemplado en el artículo 403.1 del Código Penal.
El segundo falso dentista, condenado por el juzgado nº 16 de Valencia operaba en un laboratorio dental ubicado en la avenida Pérez Galdós de la capital. En este caso el condenado Javier M. M., prótesico dental de profesión, atendía pacientes en el citado local, razón por la que su señoría le condenó por delito de intrusismo.
Finalmente, la tercera condena, impuesta por el Juzgado de instrucción número 2 de Mislata, recayó sobre Paulo Andrés V.T. quien también cometió un delito de intrusismo en circunstancias similares a los anteriores encausados. En este caso en un taller ubicado en la calle San Antonio de Mislata.
Dichas situaciones fueron descubiertos y denunciados por el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia que los puso en conocimiento de los tribunales con las pertinentes querellas por intrusismo profesional ya que “desde el ICOEV se entiende que con estas actuaciones se pone en serio riesgo la salud de todos los valencianos”.
En todos los casos se trata de sentencias de carácter penal dado que según recuerda el presidente del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia (ICOEV), Enrique Llobell, “el intrusismo profesional es un delito del Código Penal por lo que cualquier intruso que manipule la boca de un paciente sin estar titulado para ello se expone a una sentencia penal y sus consecuencias”.
Las sentencias penales comunicadas individualmente por los respectivos juzgados en los últimos cinco meses se han materializado en penas de multa económica que ascienden a 1.260, 600 y 480 euros, respectivamente.
Tras el descubrimiento y condena de estos nuevos casos de intrusismo sanitario, el presidente del ICOEV, Enrique Llobell, recomienda a la ciudadanía corroborar que el profesional que presta la atención bucodental es un dentista colegiado “dado que lo contrario además de ser delito implica un serio riesgo para la salud del paciente”.