Las VPP tendrán una reducción del 50 por ciento en el IBI

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El Ayuntamiento ha lanzado una campaña para que los ciudadanos se acojan a todas las bonificaciones que se han potenciado en los tributos municipales al tiempo que se ha previsto facilitar al máximo la forma de pago de los impuestos. Los beneficios fiscales previstos para 2010 incluyen bonificaciones automáticas en el IBI en las viviendas de protección oficial del 50%.
Además, se aplicará una reducción del 30% y el 90% en las viviendas habituales de las familias numerosas. Estos son algunas de las más de una veintena de bonificaciones a las que pueden acogerse los ciudadanos de Torrent en los impuestos y tasas municipales.

La bonificación en las viviendas de protección oficial, es de un 50% los tres primeros años y va descendiendo un 10% cada dos años desde el cuarto año hasta el décimo. Para disfrutar de la bonificación a partir del 4º año hasta el 10º, hasta ahora había que pedirlo expresamente. Muchas familias no eran conocedoras de dicho requisito y por ello no han disfrutado de esta bonificación. A partir de este año, el Ayuntamiento ha eliminado dicho requisito y todas las viviendas disfrutarán automáticamente de este beneficio, que afectará a más de setecientas familias.

Por otro lado, se ha ampliado la bonificación de la vivienda habitual de las familias numerosas. Las de categoría general disfrutarán de una bonificación del 30%, y las de categoría especial del 90%. Hasta ahora, había que tener al menos 10 hijos para disfrutar de la bonificación del 90%: a partir de este año se generaliza dicha bonificación para toda la categoría especial (a partir de 5 hijos).

Además de las bonificaciones, se facilita el pago de los recibos al máximo. Ya el año pasado se fraccionaron todos los recibos domiciliados de más de 200 euros. Este año se rebaja dicho límite a 120 euros, de modo que cualquier recibo igual o superior a este importe será fraccionado automáticamente en dos cargos en el banco del 50% cada uno, que se realizarán a principio del mes de julio y de noviembre, respectivamente. Por otra parte, y como novedad, los titulares de recibos no domiciliados, podrán solicitar en las oficinas de recaudación municipal, antes del 23 de julio, el pago del recibo en dos plazos.

Estas bonificaciones se unen a una bajada de impuestos y tasas histórica. Para este año 2010 se ha realizado una importante bajada del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) respecto al año 2009 ya que se ha reducido el coeficiente del IBI del 0, 79 al 0, 66 para frenar el incremento de la revisión catastral de los inmuebles realizados por el Ministerio de Hacienda. Esta reducción supone una bajada de media por recibo del 16%, y que afectará a prácticamente todo el padrón de viviendas, ya que el 89% de los recibos del IBI de la ciudad bajarán en este año 2010.

También en el IBI, tienen una exención todas aquellas entidades sin fines lucrativos del 100%, al tiempo que todas aquellas cooperativas agrícolas y explotaciones agrarias comunitarias tienen una bonificación del IBI rústico del 95 %.

En cuanto al impuesto sobre vehículos, disponen de exención todos los vehículos de uso exclusivo de titular minusválido y también para los tractores y remolques agrarios, mientras que aquellos vehículos con una antigüedad mínima de 30 años tienen una exención del 100%.

Torrent también apuesta por las bonificaciones del 10 al 30% para los vehículos con aprovechamiento energético híbrido, eléctrico o biocombustible reciclado, y bonificaciones del 3, 5 y 10 % para vehículos con etiqueta de combustible C, B y A, respectivamente.

Con respecto al IAE, las empresas que decidan instalarse en la ciudad tienen una bonificación del 50% durante los 5 primeros años, al tiempo las empresas que incrementen la plantilla dispondrán de bonificaciones del 10 al 50% dependiendo del incremento de su plantilla. También cuentan con una bonificación del 50% las empresas que utilicen o produzcan energía a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables o sistemas de cogeneración.

Por último, respecto al impuesto de construcciones y obras (ICIO), las actuaciones que se realicen para dar respuesta a problemas de aluminosis o patologías de la construcción disponen de bonificaciones del 95%, mientras que las viviendas de protección oficial disponen de bonificaciones del 50%. Las declaradas de especial interés o utilidad municipal por el Pleno pueden disfrutar de una bonificación del 95%, mientras si las obras son para la supresión de barreras arquitectónicas para personas discapacitadas la bonificación es del 90%.

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