La auditoría externa habla de 422.000 euros de sobrecoste en la construcción del parking de Músico Ibars

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Además de cifrar la deuda en 39, 5 millones de euros, la auditoría externa de las cuentas del Ayuntamiento de Mislata realizada por la empresa Faura-Casas ha revelado otros muchos datos “que han afectado y mucho a la situación actual de las arcas públicas”, explican desde el Consistorio que ha alertado de que, en la construcción del aparcamiento de Músico Ibars, se pagó un sobrecoste de 422.000 euros.
Ese aparcamiento fue el que Lubasa dejó sin acabar y que tuvo que acabar el Ayuntamiento. Al parecer, generó lo que en términos contables se llama “una desviación de financiación negativa en 2010 de 422.000 euros”. Este sobrecoste se generó cuando los anteriores responsables políticos de Mislata decidieron aprobar un pago por encima de la cantidad que el Ayuntamiento registró inicialmente.

Esta información aparece puntualizada en la auditoría financiera, que también señala que tras la venta de diversas plazas de aparcamiento por iniciativa del anterior gobierno del PP, “existía una sobrevaloración en las cuentas municipales de 528.000 euros”, ya que las plazas no fueron dadas de baja de la contabilidad y figuraban como propiedad municipal, cuando ya eran propiedad privada.

Por otra parte, la auditoría de las cuentas públicas de Mislata detalla minuciosamente las cifras con las que se liquidó la concesión del contrato con Lubasa por los tres aparcamientos (País Valenciano, Príncipe de Asturias y Lepanto) y parte del construido en la plaza de Músico Ibars: las infraestructuras le costaron al Ayuntamiento un total de 16.749.121 euros.

“Esta cantidad podría haberse rebajado si el Ayuntamiento le hubiera exigido a Lubasa los daños y perjuicios que establece la ley, pero el anterior gobierno no lo hizo”, explican desde el equipo de Gobierno. Según detalla el informe de los auditores, “el artículo 266.4 del TRLCAP establece que cuando el contrato se resuelva por causa imputable al concesionario, éste deberá indemnizar al órgano de contratación de los daños y perjuicios ocasionados”.

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