Acuerdo en EMT València para presentar un ERTE por causas de fuerza mayor hasta el 10 de mayo

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El Comité de Empresa de la EMT València ha llegado por unanimidad a un acuerdo con la dirección de empresa para presentar a la autoridad competente un ERTE por causas de fuerza mayor, por el estado de alarma ocasionado por el COVID19, hasta el próximo 10 de mayo, según ha informado los representantes de los trabajadores en un comunicado.

Las medidas de este acuerdo, que tiene que ser aprobado por el Ayuntamiento de València y el Consejo de Administración de EMT, son "única y exclusivamente de carácter excepcional por el estado de alarma ocasionado por el COVID19, con una duración desde el 8 de abril hasta el 10 de mayo".

La propuesta planeta que la empresa complementa hasta el 100% del salario base, prima fija y antigüedad y no repercutirá la afectación del ERTE en el abono de las pagas extra, percibiéndolas al 100%. El periodo de suspensión tampoco afectará al devengo de antigüedad ni provocará variación alguna en el orden de escalafón, así como a la generación de vacaciones y días de convenio.

Así, la afectación será de carácter voluntario, pudiendo ser por el periodo completo o por semanas. En caso de no cubrirse el número de trabajadores de forma voluntaria, la empresa podrá adscribirobligatoriamente a un número de trabajadores hasta llegar al númerode empleados acordado para cada área de la empresa.

Asimismo, se acepta la vigencia del preacuerdo de convenio acordado el 13 de marzo en su totalidad y la empresa se compromete al mantenimiento del empleo desde la fecha de finalización del ERTE, de forma que no podrá realizar extinciones de contrato ni despidos.

Además, a los procesos por Incapacidad Temporal por Contingencia Común que se inicien desde este lunes y mientras esté vigente el ERTE, el complemento empresarial regulado en el artículo 48 del convenio colectivo será la diferencia entre su retribución fija y la prestación económica de la Seguridad Social, equiparando económicamente al personal en IT con los afectados por el ERTE.

No obstante, quedan excluidas las bajas cursadas bajo los epígrafes CIE-10 ES: sospecha por exposición, contacto o contagio vírico. Una vez finalizado el ERTE, se recupera el cobro del 100% delcomplemento de empresa.

"Duras negociaciones"

El comité de empresa ha comentado que han sido días de "duras negociaciones" desde el pasado 23 de marzo, cuando la empresa les notificó sus intenciones de llevar a cabo un ERTE de forma "unilateral" en el cubría "solo el 85% del salario de los afectados, pretendía rebajarnos el salario un 10%, quitarnos el complemento de empresa, plantear descuelgues salariales, seguir cargando a nuestras espaldas la falta de oferta de servicio y no asumir los compromisos adquiridos en el preacuerdo de convenio".

Sin embargo, has destacado que este acuerdo es "un mal menor a la grave situación" generada por la pandemia de Covid-19, un acuerdo que "ningún representante de los trabajadores quisiera tener que negociar nunca y como muestra de nuestro compromiso, todos los integrantes del Comité de Empresa ya nos hemos ofrecido como voluntarios para ser parte del ERTE y evitar la menor afectación para el resto de compañeros".

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