Domingo Parra, Alfonso Monferrer, Salvador Vila y Juan Bautista Soler, condenados por la Audiencia Nacional

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El ex consejero delegado del Banco de Valencia, Domingo Parra, ha sido condenado por la Audiencia Nacional a cuatro años de prisión por un delito continuado de administración desleal en operaciones urbanísticas de gran envergadura financiadas por la entidad bancaria, causando un perjuicio de casi 200 millones de euros.

La sección primera de la Sala de lo Penal, en una sentencia de 160 páginas, condena también como cómplices al entonces director de participaciones inmobiliarias, Alfonso Monferrer -a quien impone una pena de 6 meses de cárcel-, así como a los empresarios Salvador Vila y Juan Bautista Soler -a los que condena a 4 meses de cárcel para cada uno-, y absuelve al notario Carlos Pascual, a Fernando Polanco y a Teresa Villalba.

En cuanto a la responsabilidad civil, la sentencia establece que Parra y Monferrer satisfagan de forma conjunta y solidaria una indemnización a Caixabank -entidad heredera del extinto Banco de Valencia- de más de 168 millones de euros.

Antigua sede del Banco de Valencia en la calle Barcas, de la capital del Turia.
Antigua sede del Banco de Valencia en la calle Barcas, de la capital del Turia.

Vila tendrá que indemnizar además con 119 millones, Soler 130 millones, con las sociedades Nou Litoral, Salvador Vila SL y Urbanas del Levante declaradas responsables subsidiarias.

Esta sentencia concluye así una causa abierta a instancias de la querella interpuesta en 2013 por el FROB, personado y defendido por el abogado Carlos Gómez-Jara, en la que se reclamaba la conducta abusiva de Parra con el objetivo de obtener un 'lucro ilícito' para sus entonces socios, que había producido un agujero de 160,5 millones de euros.

La investigación arrojó luz sobre este particular hasta conseguir establecer que las macrooperaciones llevadas a término por Parra con las compañias mencionadas se hicieron "sin seguir los protocolos establecidos por el Banco de Valencia y sin seguir las recomendaciones que había hecho el Banco de España". Así, bajo su control no se analizaron ni mínimamente las inversiones, perjudicando el patrimonio en 90,4, 77,8 y 29,8 millones de euros respectivamente.

La intervención de Parra permitió, sostiene la Audiencia Nacional, que Nou Litoral, Salvador Vila SL y Urbanas del Levante "pudieran disponer" de los fondos antes de que las operaciones fueran aprobadas por los órganos competentes del banco (Comité de Riesgos, Comisión Ejecutiva y Consejo de Administración).

Sin embargo, aunque ha quedado acreditado el delito de administración desleal, no ha ocurrido así con el de apropiación indebida, ya que "no se han practicado pruebas de que el dinero entregado por el banco hubiera ido a parar al patrimonio de los acusados", señala la sentencia. Tampoco consta que los fondos se destinaran a otros fines diferentes para los que se recibieron: la compra de suelo rústico y la refinanciación de deudas previas que las sociedades habían contraído con Banco de Valencia.

La sentencia, no obstante, absuelve a Pascual, Polanco y Villalba de los supuestos delitos de administración desleal y blanqueo de capitales que les atribuía la Fiscalía.

Es la segunda vez que la Audiencia Nacional falla contra del ex consejero delegado del Banco de Valencia, que el pasado mes de febrero ya fue condenado a un año y siete meses de cárcel por administración desleal en préstamos a la sociedad Pegoliva.

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