Tramitar una herencia con asesoría legal es de gran ayuda y evita conflictos

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Tras la muerte de un ser querido, al dolor y la incertidumbre, se unen otros componentes más engorrosos, como las liquidaciones de herencia, así como la gestión administrativa del patrimonio que deja el finado.

asesoría legalNo en pocas ocasiones, por desconocimiento, por dar cosas por hecho sin que exista documentación que lo acredite o, por una relación previa compleja, estas situaciones se enquistan y derivan en conflictos verdaderamente engorrosos de solucionar. Pero, que nadie se preocupe, porque hay profesionales que hilvanan cada dato y encajan las piezas para que el entuerto inicial tenga un final lo más sensato posible

Ante estos hechos, es importante la intervención de un equipo de abogados herencias Madrid como es el caso de MDR Abogados. Estos especialistas, en primer lugar, estudiarán la situación documental, para ofrecer los distintos escenarios posibles y las posibilidades que tienen los herederos de proceder ante cualquiera de esas opciones. También sirven de intermediarios entre las partes y de aval garantista para que nadie se sienta agraviado

También ayudan a los clientes a pagar las menos tasas e impuestos posibles. Este servicio es muy útil porque, el propio desconocimiento de las tramitaciones, y de las finalidades de cada una de ellas hacen que, en ocasiones, se estén haciendo trámites innecesarios que repercuten en sus bolsillos. Por tanto, ante un proceso de gestión de herencias, acudir siempre a un buen abogado

Tipos de sucesiones y cómo proceder 

Los legados patrimoniales pueden sucederse de diferentes maneras. Hay veces que existen herencias que están muy claras por parte de los que legan y otras que se dan sorpresas inesperadas. Por eso, es bueno conocer, en principio, qué tipos de sucesiones se dan según la legislación, así como las maneras en las que se procede administrativamente en cada una de ellas. 

  • Cuando existe un testamento previo: sin lugar a dudas, es una fórmula en la que la persona fallecida establece, previamente, cómo quiere que sean repartido sus bienes. Por tanto, es una voluntad personal. Se da, por tanto, cuando una persona antes de morir suscribe un documento, el testamento, fundamentado con la formalidad, es decir, guardar determinados requisitos (generalmente de forma) para ser válidos.
  • No existe testamento, la sucesión intestada: ¿qué ocurre en estos casos? Pues lo primero habrá que establecer quiénes, por ley, son los legítimos herederos de la persona finada y que sea certificado por un notario habilitado a través de una declaración de herederos, un documento oficial que acredita a estos para poder acceder a la herencia. 
  • También se puede dar una sucesión forzosa: más comúnmente llamada como la legítima. Esta, además, es complementaria a las demás, pues, se haga o no testamento, una parte del patrimonio de la masa hereditaria son depositarios del derecho de herencia. Esto ocurre en el caso de los hijos y nietos, también del cónyuge o ascendientes como padres o abuelos. En estos casos, aunque el dueño de los bienes quiera evitar que hereden su legado no podrá hacerlo válidamente.

¿Qué pasa si no se está de acuerdo con un testamento?

Es posible que los herederos no estén de acuerdo con los términos de un testamento. En ese caso, es posible revocar total o parcialmente, pero, eso sí, se tienen que dar una serie de circunstancias. ¿Cuáles? Pues que el testador haya otorgado otro testamento posterior, también cuando se efectúa alguna declaración notarial manteniendo o suprimiendo todas o algunas de las cláusulas contenidas en el mismo. En tales casos, estas revocaciones o modificaciones se deben llevar a  cabo bajo los requisitos idénticos que se exigen para otorgar el testamento. Por tanto, si se ha otorgado más de un testamento, prevalecerá el de fecha posterior.

También se puede dar el caso de que un testamento se declare como nulo, puede darse el caso de que no reúna los requisitos pertinentes de los que debe hacer gala el testador y, por tanto, declarar su invalidez. Algunos de estos supuestos son: 

Que el testamento ha sido otorgado por un tercero. También que se haya otorgado por dos o más personas de forma conjunta o mancomunada. El tercer caso más común es que el testador carezca de la capacidad necesaria para otorgar testamento. El último supuesto que vamos a ver es de no haber respetado los requisitos formales necesarios para su validez. En todos los casos la ayuda de un equipo profesional como el de CRM Abogados será esencial.

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