Cancelan 346.000 euros a Martín O. de Murcia mediante la Ley de Segunda Oportunidad

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Esta Ley permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas por ley, siempre que cumplan una serie de  requisitos; como ser insolventes, deber menos de 5.000.000 euros, haber actuado de buena fe o no tener  antecedentes penales por delitos económicos.

El bufete de abogados de segunda oportunidad, Kurkea, nos ha explicado que Martín O. llegó a acumular  hasta 369.000 € de deuda, de los que le han sido perdonados 346.000 euros por el Juzgado de lo Mercantil  n.º 3 de Murcia.

La deuda privada con una entidad bancaria por valor de 240.000 euros ha sido cancelada en su totalidad,  mientras que se ha conseguido cancelar 55.000 euros a Hacienda y 51.000 euros a la Seguridad Social.

Del total de deuda, solo queda pendiente por pagar 23.000 euros a las dos administraciones, que podrá  realizarse en pagos aplazados durante 5 años.

Esto es un hecho importante, puesto que en la actualidad son muy pocos los despachos jurídicos que llegan  a conseguir el perdón de la deuda con la Administración Pública: Hacienda y Seguridad Social, y mucho  menos que permitan un pago fraccionado del resto que no se pueda cancelar.

Sin embargo, los letrados de Kurkea han conseguido cancelar más del 80% de la deuda contraída con la  Administración Pública, y un fraccionamiento del pago en cómodas cuotas durante 5 años.

Los abogados de Valencia nos explican que este autónomo, que dirigió con éxito su negocio durante varios años de actividad, ha sido afectado duramente por la crisis económica, y se vio obligado a sobreendeudarse  para evitar el cierre.

El año pasado, con la situación económica prácticamente insostenible, decidió poner fin a su etapa empresarial, y solicitó una quita o la exoneración total de la deuda mediante la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad.

Es entonces cuando los abogados de Kurkea iniciaron la primera fase del procedimiento, en la que se intentó  llegar a un Acuerdo Extrajudicial de Pagos negociando nuevas condiciones con los acreedores.

Al no conseguirse el acuerdo, se abrió una segunda fase en la que se solicitó el Beneficio de Exoneración del  Pasivo Insatisfecho, también conocido como BEPI.

El resultado del proceso fue la cancelación de la deuda mediante resolución judicial, porque Martín O.  cumplía las condiciones previstas por la Ley de la Segunda Oportunidad.

De este modo, al demostrar su buena fe y que no tenía antecedentes por delitos económicos, el juez canceló  el total de la deuda privada y, como consecuencia, sus acreedores (en este caso bancos y financieras) no podrán reclamarle nada, ni incluirle en ningún fichero de morosos.

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