La jueza de la DANA rechaza de nuevo investigar a Bernabé y trasladar la causa contra Mazón al TSJCV

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La magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, encargada de la investigación sobre la gestión de la DANA, ha vuelto a desestimar la petición de imputar a la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, y de elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para la posible imputación del 'president' de la Generalitat, Carlos Mazón.

DANA Xirivella

En un auto de fecha de este lunes, la jueza responde así a la solicitud de una acusación particular que argumentaba que ni Bernabé ni Mazón solicitaron la declaración de emergencia nacional ante la devastadora DANA del 29 de octubre, que causó 228 muertes y daños multimillonarios en la provincia de Valencia.

Respecto a Pilar Bernabé, la magistrada reitera su postura de resoluciones anteriores, señalando que la protección civil es competencia autonómica, según el Estatuto de Autonomía y la ley autonómica 13/2010, y que la "patente inactividad" relacionada con los fallecimientos y lesiones se produjo en el ámbito autonómico. Subraya que la imputación solo puede basarse en un nexo causal entre la inactividad de los investigados, su posición de garantes y los fallecimientos.

Además, recalca que la declaración de emergencia nacional, en caso de iniciativa ministerial, requiere comunicación previa con la comunidad autónoma afectada, algo que no se produjo ni se propuso por la administración autonómica valenciana, de la que formaban parte los ya investigados Salomé Pradas y Emilio Argüeso.

La jueza insiste en que hubo consenso a nivel autonómico y central en no declarar la emergencia nacional ni la situación de emergencia catastrófica, competencia del 'president' de la Generalitat Valenciana. Mantiene que la declaración de emergencia nacional no era necesaria para alertar a la población y adoptar medidas de autoprotección, y que el análisis de lo posterior al 29 de octubre no es objeto de este procedimiento.

En cuanto a Carlos Mazón, la magistrada considera que no procede elevar una exposición razonada al TSJCV, dado su aforamiento, remitiéndose a un auto previo del alto tribunal valenciano que establece que dicha remisión se realizará si, "agotada la instrucción constan indicios sólidos" contra el aforado y tras practicar todas las diligencias necesarias. En este caso, la jueza subraya que la instrucción no está agotada y que se ha dado la posibilidad de declarar como investigado al 'president' a la vista de las denuncias y querellas, por lo que rechaza la petición de elevar la exposición razonada al TSJCV en este momento.

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