Víctimas de la DANA piden al TSJCV que acepte su recurso para investigar a Carlos Mazón

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La Associació de Víctimes de la DANA 29 d’Octubre de 2024 ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que acepte el recurso de súplica presentado contra el auto que rechaza investigar al expresident de la Generalitat Carlos Mazón, para "corregir la indefensión" de las víctimas.

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La asociación presentó un recurso de súplica en marzo al estimar que no existe justificación jurídica para aplicar el aforamiento de Mazón pues los hechos investigados están directamente relacionados con la gestión de la emergencia del 29 de octubre de 2024, cuando este ejercía como president de la Generalitat, y no con su actual condición de diputado en Les Corts.

La entidad manifiesta en un comunicado que, en este momento procesal de la causa penal de la DANA por 230 muertes, "la mejor vía real de garantizar una investigación efectiva es el recurso de súplica presentado por esta asociación".

Considera que los argumentos jurídicos del recurso se ven reforzados por la propia actuación del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que, sostiene, "ha incurrido en una maniobra fraudulenta, contraria a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a los principios básicos del proceso".

Esto es así, según justifican, porque el TSJCV "ha evitado asumir la competencia, lo que le obligaría a actuar con todas las consecuencias, pero, al mismo tiempo, ha condicionado la causa con valoraciones que solo corresponderían a una fase posterior del procedimiento".

Es, a su juicio, "una decisión calculada, ambigua y profundamente lesiva para los derechos de las víctimas, que deja la investigación en una inseguridad jurídica intolerable", por lo que piden que se acepte el recurso de súplica.

La asociación argumenta que el recurso no cuestiona que, con carácter general, el TSJCV sea el órgano competente para investigar a diputados autonómicos, sino que lo que se impugna es la aplicación automática del aforamiento en este caso concreto, sin un análisis riguroso de su finalidad ni de las circunstancias en las que se produjeron los hechos.

Y sostiene que el aforamiento es una excepción al principio del juez predeterminado por la ley y que, como tal, debe interpretarse de forma restrictiva, y que el aforamiento "solo tiene sentido cuando protege la función parlamentaria, no cuando se convierte en un mecanismo de protección personal".

"Por ello, nuestro recurso no es un trámite. Es una impugnación directa a una forma de actuar que desnaturaliza el Estado de Derecho y convierte una garantía procesal en un instrumento de protección personal", concluyen.

Por otra parte, indican que la causa judicial no puede utilizarse como un arma política, en relación a la retirada de varias acusaciones populares "tras considerar cumplidos sus objetivos políticos o tras interpretar determinadas resoluciones como una victoria", en lugar de responder "a una búsqueda honesta de la verdad".

Para la Associació de Víctimes de la DANA 29 d’Octubre de 2024, evidencia "algo muy preocupante: para algunos actores, el proceso judicial no era un espacio de justicia, sino una herramienta de estrategia política", y frente a ello defienden la presencia de las víctimas en el proceso "por la verdad, la justicia y la reparación".

Insisten en que su recurso pone el foco "en el uso indebido del aforamiento y en la necesidad de evitar que se convierta en un privilegio personal".

"No se puede permitir que una figura excepcional se utilice para eludir la investigación de unos hechos que no guardan relación con la función parlamentaria, sino con la gestión de una emergencia con consecuencias irreparables", añaden.

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