El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena a Luisa Salvador Tomás, exalcaldesa de El Puig de Santa Maria, por un delito de prevaricación administrativa, aunque ha revocado la imposición del pago de las costas de la acusación popular.
El caso se remonta a noviembre de 2019, cuando Salvador anuló de forma arbitraria un decreto que autorizaba a una funcionaria a ocupar el puesto de interventora en comisión de servicios. La resolución, adoptada tras un informe de la interventora con el que no estaba de acuerdo, se dictó “sin procedimiento, sin motivación y sin causa objetiva”, lo que, según el tribunal, supuso un abuso de poder.
En primera instancia, la Audiencia Provincial ya había condenado a Salvador a nueve años de inhabilitación, en la que se convirtió en la primera condena a un alto cargo del Ayuntamiento de El Puig por prevaricación.
El procedimiento arrancó tras una denuncia en la que el fiscal apreció indicios de prevaricación en el cese de la interventora. Posteriormente, el PP de El Puig subrayó la gravedad de la condena y criticó la gestión del equipo de gobierno.
La nueva sentencia del TSJCV ratifica que la decisión de Salvador respondió únicamente a discrepancias personales con la interventora, a la que describió como “demasiado rigurosa”. El TSJCV considera probado que la alcaldesa actuó “por mera voluntad personal”, sin respetar los trámites legales ni el control administrativo previsto, lo que encaja en el delito de prevaricación tipificado en el artículo 404 del Código Penal
Retira el pago de las costas de la acusación popular
En cambio, el tribunal sí ha estimado parcialmente el recurso de la defensa en lo relativo a las costas judiciales, dejando sin efecto la obligación de asumir las de la acusación popular. La sentencia es firme salvo recurso de casación ante el Tribunal Supremo.