La jueza instructora del caso de la gestión de la DANA, que investiga la muerte de 228 personas, sostiene que los alcaldes de las localidades afectadas "se vieron sorprendidos" por el fenómeno meteorológico y no recibieron "la información precisa" para alertar a la población y adoptar medidas de autoprotección.
Así lo argumenta la magistrada en una de las seis últimas resoluciones dictadas en el caso, facilitadas por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en la que inadmite la acción penal contra el alcalde de Utiel, Ricardo Gabaldón.
La jueza establece una "diferencia radical" entre la capacidad de la administración local y la autonómica para emitir alertas y adoptar medidas de autoprotección, señalando que esta diferencia radica en el "manejo de información". A diferencia de la administración autonómica, que contaba con múltiples canales de información (Aemet, medios de comunicación, CHJ, llamadas al 112, técnicos en emergencias en el Cecopi), los alcaldes tuvieron un acceso "fragmentario" a la información.
Según la instructora, esta falta de información precisa y de asesoramiento específico sobre las medidas a adoptar impide atribuir la posición de garante a los alcaldes, quienes "se vieron sorprendidos". En este sentido, descarta "de plano" la atribución indiscriminada de responsabilidad penal a cualquier autoridad o funcionario público, especialmente a nivel local.
Por otro lado, la jueza sí ha acordado citar a declarar como testigos a los alcaldes de Utiel y Algemesí, al jefe de Climatología de la Aemet en la Comunitat Valenciana y a tres trabajadores de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ).