La Audiencia de Valencia absuelve al exinspector jefe de Policía por delito de odio al relacionar inmigración con delincuencia

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto de un delito de odio al exinspector jefe de Policía que relacionó la inmigración con la delincuencia al estimar que, en este caso, prevalece la libertad de expresión.

Ciudad de la Justicia de Valencia

Así se desprende de la sentencia, en la que el tribunal absuelve al acusado, Ricardo Ferris, por sus manifestaciones en una charla que ofreció el 14 de octubre de 2022 en el Ateneo Mercantil de València, en el marco de una Jornada sobre Inmigración y Seguridad Ciudadana organizada por Fundación para la Defensa de la Nación Española y VOX Cortes Valencianas.

Durante la jornada, el acusado, defendido por Juan Carlos Navarro, emitió un discurso que fue grabado y, después, difundido por la red social Youtube. En el mismo afirmaba que «inmigración ilegal es igual a delincuencia» y apuntaba: «desgraciadamente, a día de hoy, nos guste o no nos guste, la práctica totalidad de los detenidos que hace la policía y la Guardia civil son extranjeros, son gente que viene de fuera, en el sentido un poco más amplio de la palabra».

Y apostillaba, entre otras afirmaciones: «No estoy hablando simplemente de estos tipos que llegan en las pateras, que muchos de ellos son delincuentes. Hace poco estaba hablando con dos policías míos que han estado en Frontex, una unidad que supuestamente está destinada al control de los tráficos de inmigración y los dos me han confirmado que es un paripé. No confiemos en Frontex porque no sirve absolutamente para nada».

El acusado, durante el juicio, reconoció las manifestaciones y aseguró que no era consciente de que era grabado ni sabía que se iba a difundir por Youtube. Mantuvo que acudió a la jornada a título personal, como delegado del sindicato policial Jupol, y afirmó que siempre había sido anti político. Justificó sus afirmaciones en estadísticas.

Explicó que no quiso decir que todos los extranjeros eran delincuentes, «pero delincuentes es igual a inmigración ilegal», mantuvo. También alegó que esa imagen de una persona racista era absolutamente incierta y que él se caracterizaba por lo contrario puesto que era un «activista social que ayudaba a la gente».

El tribunal, tras la vista, ha decidido absolver al acusado al prevalecer la libertad de expresión. Al respecto, señala en su resolución que aunque en la charla se incluyeran hechos referidos a la cantidad de extranjeros que eran detenidos o que cometían ciertos delitos, «el contenido y la línea general del discurso se dirigía a valorar la gravedad de la delincuencia y su relación con la inmigración, y a emitir juicios de valor sobre lo que debería hacerse».

Así, la Audiencia entiende que «prevalece la expresión de ideas y opiniones sobre la mera transmisión de hechos, que en este caso no son más que el sustento de la tesis del conferenciante». Aunque añade: «Lo que no quiere decir que no deba valorarse la posible mendacidad cuando se detecta que ciertas afirmaciones no se corresponden con las estadísticas oficiales. Pero no desde el punto de vista de la libertad de información, sino desde los límites a la libertad de expresión».

En esta línea, el tribunal señala que no puede entenderse acreditado que la charla del acusado hubiera incitado a algún acto de violencia, humillación o discriminación. «El relato del acusado pivota sobre la idea de que la delincuencia ha aumentado notablemente debido a la inmigración descontrolada. Contiene críticas a los poderes públicos y a los medios de comunicación, y apela al cambio político. Se puede estar de acuerdo con esa idea o no», apostilla la Audiencia, pero no ve delito.

A su juicio, «la idea troncal de la charla pretende fomentar un debate público, aunque parte de la población, o incluso una mayoría, pueda no compartir la tesis del orador. Desde este punto de vista, el análisis de la criminalidad que hace el acusado está amparado por la libertad de expresión».

«No obstante, el discurso del acusado contiene determinadas afirmaciones que pueden ser entendidas como un descrédito de la inmigración ilegal. En efecto, se vincula la inmigración ilegal con la delincuencia en general y a ciertas nacionalidades con determinadas clases de delito. La referencia a que proceden de países que están en la edad de piedra, donde la violencia forma parte de su modo de comunicarse, puede resultar ofensiva. Pero esta clase de argumentos, muy discutibles, están al servicio de la idea que se quiere transmitir», insiste.

En conclusión, el tribunal señala que aún admitiendo que el acusado se extralimitó en algunos momentos de su charla, «debemos ser restrictivos en las limitaciones a la libertad de expresión y consideramos que la imposición de penas de prisión en este caso supondría una reacción desproporcionada, convirtiendo el derecho penal en un factor de disuación del ejercicio de la libertad de expresión».

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