La Audiencia confirma el archivo provisional de la causa por el incendio de Campanar

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La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado el auto de archivo provisional de la investigación sobre el devastador incendio del edificio de Campanar, ocurrido el 22 de febrero del año pasado y que costó la vida a diez personas. La decisión desestima los recursos de apelación presentados por familiares de las víctimas, afectados y asociaciones, ratificando la conclusión de que el fuego fue accidental sin que se pueda atribuir una infracción penal.

Imágenes de archivo captadas del interior del edificio de Campanar arrasado por un incendio. EFE/Manuel Bruque /Archivo

 

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha informado que la Sala ratifica la decisión del Juzgado de Instrucción número 9 de València, que el pasado 30 de mayo ya sobreseyó provisionalmente el caso. Los magistrados sostienen que el "deber de especial diligencia" en la investigación ha sido "cumplido adecuadamente", habiendo empleado "cuantas herramientas de investigación se han presentado como racionalmente posibles, necesarias, suficientes y adecuadas".

Un siniestro accidental y el fin de la investigación penal

Aunque reconocen que la magnitud del incendio y sus trágicas consecuencias justificaron el inicio de una investigación penal, la Sala advierte que "continuar instruyendo sin un rumbo fundado caería, en realidad, en una ilícita, a la par que estéril —visto lo ya actuado—, causa general".

El auto judicial concluye que el incendio se produjo de forma accidental por un fallo en la parte trasera de un frigorífico, adquirido diez años antes del siniestro. A esta avería se sumaron "otros factores que desencadenaron el incendio del edificio". Los magistrados señalan que, aunque un electrodoméstico pueda fallar con el tiempo, no es indicativo de un defecto de fabricación o funcionamiento que deba ser investigado penalmente.

Rechazo a una 'fishing expedition' y alcance de la jurisdicción penal

La Audiencia ha justificado la inadmisión de uno de los recursos al considerar que las peticiones que este efectuaba, dirigidas a cuestionar el origen del incendio, sus responsables, la actuación de los bomberos o los materiales de la fachada (que eran permitidos en el momento de la licencia), ya habían sido investigadas.

El Tribunal ha sido contundente al afirmar que pretender convertir la instrucción en una "fishing expedition" —una indagación general para "ver lo que se pesca" y atribuir responsabilidades penales y civiles— está "absolutamente proscrito en nuestro ordenamiento jurídico". Subrayan que, a pesar de comprender humanamente el dolor de los afectados, la jurisdicción penal tiene límites claros.

En consecuencia, el auto dictamina que "no ha lugar a establecer formalmente imputaciones, acordar la transformación del procedimiento para entrar en fases preparatorias de juicio oral ni tampoco ha lugar a la práctica de las diligencias solicitadas".

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