10 millones para reparar 300 ascensores dañados por la DANA en fincas con dependientes o discapacitados

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El pleno del Consell en funciones ha aprobado un decreto para la concesión directa de diez millones de euros en ayudas urgentes destinadas a la reparación o sustitución de 300 ascensores dañados en la dana en edificios situados en los municipios afectados en los que residan personas con dependencia grado II o III, así como personas con discapacidad con movilidad reducida.

ascensor vivienda afectada por la DANALa vicepresidenta portavoz y consellera de Servicios Sociales, Susana Camarero, ha explicado que, en base a los datos cruzados con asociaciones de ascensoristas y entidades de discapacidad, el Consell calcula que "hay aproximadamente 700 ascensores que todavía permanecen averiados" más de un año después de la catástrofe.

Tras subrayar que estos datos se remitieron al Consorcio de Compensación de Seguros sin obtener "respuesta", Camarero ha destacado que el Consell ha decidido aprobar estas ayudas "concretas" para personas con discapacidad y ha garantizado que "podrían incrementarse si fuera necesario".

El importe global máximo destinado a estas ayudas asciende a diez millones de euros distribuidos en dos anualidades (2025 y 2026) y en dos líneas de subvención con cargo a los presupuestos de la Generalitat. La cuantía de la ayuda por actuación se sitúa entre un mínimo de mil euros y un máximo de 50.000.

Las subvenciones cubrirán trabajos de reparación o sustitución necesarios para restablecer el funcionamiento de los ascensores dañados, incluida la fabricación, suministro e instalación de piezas, así como el reemplazo de cabinas cuando sea imprescindible.

Podrán ser beneficiarias las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades, cooperativas de viviendas, comunidades de bienes, sociedades mercantiles, entidades sin ánimo de lucro, administraciones y organismos públicos, así como las personas físicas propietarias de edificios completos, siempre que en la vivienda servida por el ascensor resida al menos una persona con dependencia grado II o III o discapacidad con movilidad reducida.

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