Una sentencia deja sin efecto las medidas aplicadas a los empleados de Gespa al equipararlos con funcionarios

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Una sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Valencia ha dejado sin efecto las medidas que la empresa Gestión y Servicios de Paterna aplicó a sus empleados en materia de días de asuntos propios, vacaciones, permisos y prestaciones económicas en situación de incapacidad cumpliendo el decreto del Gobierno central para conseguir la estabilidad presupuestaria en la Administración Pública.
CCOO denunció en vía judicial la decisión de la empresa, dependiente del Ayuntamiento de Paterna, y ahora la sentencia considera que no es ajustado a derecho la decisión de la entidad de aplicar al personal de la misma el decreto de Medidas para Garantizar la Estabilidad Presupuestaria ya que no se trata de funcionarios sino que, en el caso de Gespa, se trata de un supuesto de relación laboral entre trabajadores en régimen laboral con una entidad mercantil aunque ésta sea dependiente de un ayuntamiento.

“La Sociedad Mercantil Local, como sociedad mercantil pública, disfruta de un estatuto y régimen (sometimiento al derecho privado como regla general) que es diferente al de las corporaciones locales, los organismos autónomos y las entidades públicas empresariales locales”, explican desde el sindicato.

Finalmente, la sentencia estima la demanda de CCOO y procede a dejar sin efecto las medidas aplicadas en materia de asuntos propios, vacaciones y complemento de incapacidad temporal “manteniendo los regímenes vigentes en tales materias”.

Para CCOO, la sentencia resulta “de una importancia trascendental” ya que diferencia claramente lo que debe ser entendido como “sector público” de lo que debe entenderse como “Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas a los que sí afecta el RDL 20/2012 en toda su extensión y contenido”.

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