Un juez de Catarroja paraliza un embargo mientras consulta al Tribunal Europeo sobre su capacidad para declarar abusiva una cláusula hipotecaria

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El titular del Juzgado de Primera Instancia Nº1 de Catarroja ha emitido una consulta prejudicial al Tribunal Europeo para que este se pronuncie sobre la capacidad del juez de declarar abusiva una cláusula de un contrato hipotecario. Mientras no se resuelva la duda, el embargo de la vivienda por la entidad bancaria queda paralizado.
El juzgado celebró una vista en julio en la que el letrado de la persona que iba a ser objeto de una ejecución hipotecaria planteó que una de las cláusulas del contrato hipotecario, la conocida como cláusula suelo, que obliga a seguir pagando un determinado interés aunque el tipo baje, era abusiva.

En esa vista, el abogado de la entidad bancaria alegó que ese supuesto no está contemplado dentro de las causas de oposición que recoge el artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Además, en el procedimiento hipotecario, la ley no permite al juez valorar, ni de oficio ni a instancia de parte, el carácter abusivo de una cláusula.

Así, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat, la ley obliga a que siga adelante el embargo. El afectado podría seguir pleiteando pero tendría que hacerlo por otra vía, mediante un procedimiento declarativo que, en principio, tampoco evitaría el embargo.

Ante esta situación, el juez de Catarroja dictó una providencia con fecha de 15 de octubre para que las partes alegaran lo que consideraran oportuno acerca de la imposibilidad del juez de pronunciarse sobre el carácter abusivo de una cláusula en un contrato bancario y la posible colisión de ese de la Ley de Enjuiciamiento Civil con la directiva 93/13 del Consejo de Europa.

Las partes ofrecieron su análisis al juez y, después de ese trámite, el juez ha decidido presentar la cuestión prejudicial al Tribunal de la UE, lo que supone que el procedimiento de embargo queda paralizado hasta que haya respuesta.

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