Publicadas las bases reguladoras de las Ayudas Familiares a la Escolarización

5 lecturas

El Ayuntamiento de Burjassot, desde el área de Bienestar Social, ha aprobado y publicado las bases reguladoras, elaboradas desde el Departamento de Servicios Sociales, de las Ayudas Familiares a la Escolarización, las becas dirigidas a la alimentación de menores en situación o riesgo de exclusión social, escolarizados en el curso escolar 2015/2016.

El plazo para solicitar estas ayudas quedó abierto el 1 de junio y las personas interesadas las deberán solicitar en los centros de servicios sociales de zona, hasta el día 26 de junio. Preferentemente, las solicitudes se presentarán en el Centro Municipal de Servicios Sociales que corresponda por domicilio del solicitante (Centro Social La Granja y Centro Social Isaac Peral).

De forma ordinaria, las solicitudes también se podrán presentar, por registro general de entrada, en el Ayuntamiento de Burjassot.

Podrán ser beneficiarios de las Ayudas Familiares dirigidas a la alimentación de menores en situación o riesgo de exclusión social, los escolarizados en el curso escolar 2015-2016; los menores, empadronados y residentes en el municipio de Burjassot, que el curso 2015-2016 vayan a ser escolarizados en segundo ciclo de infantil y primaria, así como los menores escolarizados en segundo ciclo de Infantil y en Primaria en centros escolares que se encuentren ubicados en el municipio de Burjassot.

Son requisitos imprescindibles, para poder acceder a estas ayudas, estar empadronados y convivir de forma permanente en Burjassot los menores para los que se solicite la ayuda, con su respectiva familia (padres, tutores o acogedores). También es requisito imprescindible tener una renta per cápita inferior a 5.000 euros anuales y/o 416, 66 euros al mes, así como haber solicitado la ayuda de Becas escolares de la Conselleria de Educación para el curso escolar 2015-2016. Y también, imprescindible, presentar la solicitud en el plazo establecido al efecto, es decir, hasta el 26 de junio.

Para la aprobación de las solicitudes de estas ayudas, se establecerá un orden de prioridad según la puntuación obtenida de acuerdo con diferentes criterios como renta mensual per cápita, número de menores, familias monoparentales, perceptores de la RAI (Renta Activa de Inserción), Renta Garantizada de Ciudadanía o programas similares así como casos de violencia intrafamiliar u otras vulnerabilidades familiares. Una vez finalizado el plazo de esta convocatoria, la base de datos de solicitudes con la puntuación obtenida será sometida a la Comisión de Valoración del Departamento de Servicios Sociales.

Una ver baremadas las ayudas, se establecerá por parte del Ayuntamiento de Burjassot, el módulo a abonar a los centros escolares por menor y mes, abriéndose un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación, para que las personas interesadas puedan formular las alegaciones fundadas, por escrito, que estimen oportunas. Resueltas las alegaciones, el listado definitivo, se hará público en la web municipal, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Burjassot, en los Centros Municipales de Servicios sociales y en el Tablón de anuncios de los Centros Educativos.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí