Los vecinos de Aldaia pueden elegir ya si sus bautizos, comuniones, bodas y entierros son religiosos o civiles

73 lecturas

A partir de hoy los vecinos de Aldaia que así lo deseen podrán celebrar su acogida ciudadana en vez de bautizo, su compromiso ciudadano por la comunión, sus matrimonios civiles y sus exequias o despedida de la comunidad de los seres queridos en caso de que no quiera celebrar por rito religioso.
Aldaia aprobó el reglamento de ceremonias civiles, un nuevo servicio municipal que fue aprobado anoche por la corporación municipal con el voto a favor de todos los grupos políticos. Aldaia, “con el más absoluto respeto al derecho a la libertad religiosa reconocida constitucionalmente” reconoce así el derecho de los ciudadanos con unas ideas, ética o valores sociales no adscritos a creencia religiosa alguna, a una ceremonia civil basada en las normas de conducta democrática.

Dicho reglamento comprende la organización y la cesión del espacio municipal adecuado para celebrar los siguientes actos sociales: acogida ciudadana, compromiso ciudadano, matrimonios civiles y exequias o despedida de la comunidad de los seres queridos que no se quiera celebrar por rito religioso.

La regulación de las ceremonias civiles supone un avance en los derechos civiles, ya que da respuesta a los ciudadanos que demanden medios para ejercer el derecho a escoger, dentro del absoluto respeto y tolerancia, entre el rito civil o religioso.

El reglamento establece el procedimiento de solicitud y la organización de este servicio, así como la definición de cada acto.

La acogida ciudadana es un acto público en el que se da la bienvenida y acoge en la comunidad a un nuevo ciudadano nacido, quien tendrá plenitud de derechos y obligaciones dentro del marco constitucional y de los derechos humanos. La acogida ciudadana se realiza a petición de los padres o tutores, quienes asumen el compromiso de educar a su hijo en el cumplimiento de los valores cívicos.

El compromiso ciudadano es la exteriorización pública y renovación por parte del ciudadano mayor de edad del compromiso efectuado por los padres en el acto de acogida ciudadana. En este acto, el ciudadano adquiere el compromiso de participar y potenciar las buenas prácticas ciudadanas en los valores de la libertad, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, la democracia y la paz.

La ceremonia de matrimonio civil, como su nombre indica, supone la celebración de una boda en la que –previa tramitación en el juzgado- se autoriza y delega a la alcaldía la celebración del acto, que a su vez lo puede delegar en un concejal. Este servicio, a diferencia de los otros tres, ya lo presta el consistorio desde hace años. Los locales municipales para la celebración de estas tres ceremonias son el salón de plenos del Ayuntamiento y la Casa del Tio Carmelo.

La despedida civil es la exteriorización pública de la despedida de un ciudadano en el momento de su fallecimiento para honrar su recuerdo. Los familiares del difunto podrán solicitar la inhumación o cremación. Esta celebración podrá realizarse en el cementerio municipal o en el futuro tanatorio, actualmente en construcción.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí