INTU Eurofund presenta alegaciones a la memoria ambiental desfavorable y pide que se tenga en cuenta pero no que sea vinculante

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La empresa promotora del proyecto Puerto Mediterráneo, centro comercial previsto en el término municipal de Paterna, INTU Eurofund, ha presentado una documento con una serie de alegaciones ante la memoria ambiental desfavorable emitida por la Comisión de Evaluación Ambiental. El escrito se ha dirigido a la Subdirección General de Ordenación, Territorio y Paisaje de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, entidad que debe decidir definitivamente sobre el proyecto.

Según fuentes de la empresa, en las alegaciones se argumenta que la Comisión ha emitido un acuerdo de memoria ambiental “sin atender debidamente ni al contenido de toda la documentación presentada por los promotores, ni a los cerca de 50 informes favorables que se han emitido a lo largo de las dos exposiciones públicas realizadas”.

El documento apunta que el acuerdo de la comisión supone “una verdadera contravención ya no sólo del propio acuerdo del Consell declarando el proyecto de Puerto Mediterráneo como Actuación Territorial Estratégica (ATE), definitivo y firme, sino de pilares jurídicos tales como la interdicción de la arbitrariedad, la legalidad, la seguridad jurídica y la confianza legítima”.

Por todo ello, considera que la Memoria Ambiental “se extralimita al incorporar aspectos funcionales, territoriales o ambientales que nunca se tuvieron en cuenta en el informe de compatibilidad por el que el propio Consell lo declaró ATE en enero de 2013 y volviendo a valorar las cuestiones técnicas que ya obtuvieron el informe favorable de numerosas administraciones afectadas por la actuación urbanística proyectada”.

En sus alegaciones, enumeran una serie de consideraciones técnicas y jurídicas con las que defienden que la memoria ambiental no debió ser desfavorable. El escrito concluye que éstas apreciaciones técnicas emitidas por la Comisión han de ser tenidas en cuenta pero de ninguna manera ser vinculantes para la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

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