EU recuerda más de dos años después que la Escuela Oficial de Idiomas de Quart sigue siendo inaccesible

16 lecturas

EUPV de Quart de Poblet ha advertido hoy de que, casi dos años y medio después de presentar por registro de entrada en la Generalitat un requerimiento al respecto, al Escuela Oficial de Idiomas (EOI) de la localidad sigue presentando problemas de inaccesibilidad para personas con movilidad reducida.

ESCUELA OFICIAL IDIOMAS“Lamentablemente, después de casi tres años de hacer nuestra petición –fue el 19 de diciembre de 2013- tenemos que denunciar y manifestar públicamente nuestro malestar e indignación con el gobierno valenciano porque desde esa fecha el Consell no ha realizado acción alguna para subsanar y poner solución a este grave problema de accesibilidad para los alumnos y alumnas (como demuestra la foto adjunta) que diariamente acuden a cursar sus estudios de idiomas a este centro”, explican desde la formación política, quienes califican de “vergonzoso que en una sociedad que aspira a ser justa, sus gobernantes no garanticen el derecho a la accesibilidad como condición para conseguir la igualdad universal de oportunidades”.

Así, mantienen su denuncia sobre que este centro educativo “resulta inaccesible para alumnos y alumnas con sus facultades físicas y/o sensoriales mermadas de forma temporal o permanente por sus altísimas, empinadas y peligrosas escaleras que conducen al interior del edificio y que se han convertido en unas barreras insuperables”. Según EU, “lo más grave es que se obliga al colectivo con discapacidad a tener que renunciar a recibir la actividad educativa que la Conselleria de Educación oferta en esta Escuela”.

Por ello, EUPV de Quart ha exigido que “de forma inminente, tanto el Ayuntamiento como el Consell, inicien las acciones necesarias para acabar con este grave problema y cumplan con lo dispuesto en el Decreto 39/2004, de 5 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se desarrolla la Ley 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat, en materia de accesibilidad en la edificación de pública concurrencia y en el medio urbano y con la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana en su arto 11 y 13.2., para favorecer la accesibilidad a este Centro Educativo a las personas con movilidad reducida ya sea por la edad o por una discapacidad física o sensorial, proponiendo la elaboración de un plan de accesibilidad que recoja los proyectos de obras para la eliminación de estas barreras en el edificio”.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí