El TSJ estima el recurso de CCOO sobre los servicios mínimos establecidos en la huelga de junio de 2010 a escasos días del 29M

5 lecturas

La sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha estimado el Recurso interpuesto por la Confederación Sindical de CCOO, frente a la resolución de 4 de junio de 2010 del Ayuntamiento de Burjassot, sobre establecimiento de servicios mínimos esenciales en la huelga de 8 de junio de 2010.
La sentencia del TSJ declara que “dicha resolución vulnera el derecho de huelga reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución, y en consecuencia, declarar su nulidad de pleno derecho”.

El Tribunal Superior fundamenta su decisión en que la Resolución impugnada que establecía los servicios mínimos “carece de motivación suficiente que justifique el señalamiento de los servicios mínimos de forma que permita a los ciudadanos conocer los motivos de la restricción ante los órganos jurisdiccionales, y que estos puedan fiscalizar adecuadamente la corrección constitucionales del acto del poder público...”.

Esta sentencia, de la que el PP informa que no se dio cuenta a la Corporación ni en la sesión plenaria de enero ni en la febrero, llega pocos días antes de la celebración de una nueva huelga general. El PP afirma que la sentencia se notificó por Registro de Entrada el 13 de enero.

Cristina Subiela, portavoz del PP, los miembros del actual y también del pasado equipo de Gobierno “tienen la poca coherencia de alentar una huelga contra el Gobierno Central, cuando ellos mismos son los que vulneraron en su día el derecho de huelga y tienen previstos recortes de derechos a sus propios empleados”

Para Subiela, “el anterior gobierno socialista de Burjassot, que comparte el actual gobierno con el Bloc e Izquierda Unida, enarbolan la bandera del derecho a la huelga y cargan contra el Partido Popular como los “recortadores” de derechos, cuando son ellos después los que lo vulneran, y evidentemente lo ocultan por vergüenza”.

El PP de Burjassot apela a que el próximo 29 de marzo, “y en lo que se refiere al ámbito municipal, se cumpla el ordenamiento jurídico vigente, y se respete en igual proporción a aquellos que quieran ejercer su derecho a la huelga, como a los que pretendan ejercer su derecho al trabajo”.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí