El Tribunal de Cuentas investiga la prescripción de deudas tributarias en Xirivella por valor de 1, 3 millones

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Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas ha abierto un procedimiento de reintegro por un presunto alcance en los fondos del Ayuntamiento de Xirivella, según una resolución que publica hoy el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. El Ayuntamiento ha explicado en un comunicado que se trata del procedimiento de investigación por la prescripción de deudas tributarias que ascienden a 1, 3 millones de euros, hechos que ocurrieron cuando gobernaban PSPV y EU en coalición.

Desde el 2005 la Tesorería Municipal ya alertaba que el servicio de recaudación se venía desarrollando con bastantes deficiencias. Esto provocaba que a los vecinos que no pagaban en primera instancia sus impuestos, el Ayuntamiento no se los reclamaba. “Lo que iba generando una gran cantidad de impagos”, señalan fuentes municipales.

En junio del 2011, antes de la toma de posesión del actual alcalde, Enrique Ortí, el entonces alcalde, Josep Soriano, declaró la prescripción de las deudas tributarias que ascendían a 1, 3 millones de euros.Los impuestos prescritos eran desde el IBI hasta la tasa de basura pasando por  multas o el impuesto de vehículos.

Tras conocer esta situación, el actual equipo de gobierno cambió el sistema de recaudación dándole las competencias a la Diputación de Valencia para que no volviera a ocurrir y no permitir que las arcas municipales perdieran unos ingresos muy importantes para poder mantener otros servicios públicos.

El actual equipo de gobierno Ayuntamiento de Xirivella dio cuenta de la situación a la Sindicatura de Comptes de la Comunidad Valenciana de lo ocurrido antes de la llegada de Ortí a la Alcaldía. El  día 30 de enero de 2013, el Tribunal de Cuentas notificó al Ayuntamiento de Xirivella que había abierto diligencias preliminares por la prescripción de los tributos.

El procedimiento por alcance, según la jurisdicción del Tribunal de Cuentas, es uno de los tres procedimientos contables que puede seguir esta institución, y que junto con el juicio de cuentas tiene carácter contencioso.

Se entiende por alcance, según la ley del Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, "el saldo deudor injustificado de una cuenta o, en términos generales, la ausencia de numerario o de justificación en las cuentas que deben rendir las personas que tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos públicos".

Según el citado Tribunal, los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable pueden comparecer en los autos, personándose en forma, dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto.

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