El juez rechaza la petición del ex gerente de Emarsa de imputar a los miembros del Consejo de Administración

7 lecturas

El juez que instruye el conocido como caso Emarsa, que investiga un supuesto agujero de 25 millones de euros de dinero público en la gestión de la depuradora de Pinedo, ha dictado un auto en el que rechaza imputar a los miembros del Consejo de Administración de la empresa pública como solicitó la defensa del ex gerente e imputado en la causa, Esteban Cuesta.
El juez ha adoptado esta decisión en un auto de fecha de este martes en el que da respuesta a un escrito de Cuesta, quien alegaba no comprender cómo no habían sido llamados como imputados en la causa los miembros del Consejo de Emarsa y los de Emshi, ya que todas las facturas estaban en contabilidad y los consejeros tenían conocimiento de todo.

Según explica el juez, no hay indicios para considerar que -con la excepción del presidente del Consejo, el ex alcalde de Manises, Enrique Crespo, también imputado- “quienes integraron los Consejos de Administración tuviesen conocimiento de los hechos penalmente relevantes que se estaban produciendo con ocasión de la gestión de Emarsa”.

El titular del Juzgado de Instrucción Nº 15 de Valencia explica en el auto que resulta “evidente” que los integrantes de los consejos de administración (hubo dos en el periodo investigado), alcaldes y concejales de los municipios que forman la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (EMSHI), “no tuvieron el menor conocimiento de lo que estaba ocurriendo realmente en Emarsa” porque, alega, “el imputado –Esteban Cuesta- entre otros, tuvo buen cuidado de enmascarar la salida del dinero de la empresa, que fue distraído de la función pública a la que estaba destinado y que fue empleado en beneficio personal de algunos de los imputados mediante la confección de facturas que no correspondían a servicios reales”.

El juez continúa su argumentación hablando de “las facturas generadas por los gastos de gestión de lodos que indiciariamente han permitido a Cuesta, entre otros, el desvío de millones de euros en beneficio propio, so pretexto del pago de un servicio cuyo precio, a tenor de los datos hasta ahora existentes, mas que doblaba su valor real”.

Por todo ello, el juez señala que, en ausencia de indicios de criminalidad, no procede llamar como imputados al resto de los miembros del Consejo de Administración de Emarsa, al no existir fundamento legal que sustente dicha petición.

Respecto a la petición formulada contra el “Consejo de Administración” de EMSHI, el juez recuerda que esta entidad “carece de Consejo de Administración como órgano de gestión y representación, por lo que difícilmente se puede llamar a sus miembros como imputados a este procedimiento”.

Así, acuerda en la parte dispositiva que no ha lugar a llamar como imputados a la causa a quienes integraron los sucesivos consejos de administración de Emarsa ni a quienes integraron los órganos colegiados de Gobierno de EMSHI durante el periodo objeto de la investigación, “tanto por carecer el imputado, Esteban Cuesta, de legitimación activa para solicitar la imputación de los mismos, como por cuanto no existen indicios de criminalidad contra ninguno de ellos”.

Por otra parte, el magistrado sí considera procedente, para determinar la evolución de las cuentas de Emarsa, en especial en el apartado de ingresos y desde el nombramiento de Cuesta como gerente, que se requiera a la Emshi que aporte los estados de previsión de gastos e ingresos y los programas anuales de actuación, inversiones y financiación, los presupuestos anuales de Emarsa y los estados de cuentas anuales rendidas y propuestas inicialmente por los órganos competentes de esta entidad a efectos de su integración en la cuenta general de Emshi.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí