El juez rechaza la personación del Ayuntamiento de Silla en el caso Emarsa por no ser un “perjudicado directo”

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El juez titular del Juzgado de Instrucción Nº 15 de Valencia, que investiga un supuesto agujero de 25 millones de euros en la empresa pública Emarsa, ha denegado la solicitud del Ayuntamiento de Silla para personarse como acusación particular en la causa, decisión tomada por unanimidad del pleno municipal.
Según ha argumentado en el auto el juez Vicente Ríos, el acusador particular es la persona que, por haber sido ofendida o agraviada por los hechos delictivos, se constituye en parte activa en el proceso penal pero, en el escrito remitido por el Consistorio, “no aparece ninguna alegación que permita concluir que dicho Ayuntamiento sea ofendido o perjudicado por alguno de los delitos objeto de la investigación”.

Tanto el representante legal de la Emshi, personada en la causa, como la Fiscalía se opusieron en sendos escritos a la personación como acusación particular del Ayuntamiento de Silla.

En el auto, se explica que la Emshi, que ostentaba el 100% del capital social de Emarsa, ya está representada como acusación particular y, aunque cabría entender que el Ayuntamiento de Silla, indirectamente, podría haber sufrido un perjuicio derivado de los hechos delictivos investigados por ser uno de los miembros de la Emshi, “por eso mismo, no puede ser considerado como un perjudicado directo”.

Y aunque se rechaza que el Ayuntamiento se presente como acusación particular, el juez especifica que ello no implica que no pueda formar parte de la acusación popular.

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