Abogacía de la Generalitat ejercita la acción popular en el último caso de violencia sobre la mujer en Torrent

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El Consell ha autorizado este viernes a la Abogacía General de la Generalitat para ejercitar la acción popular en el último caso de violencia sobre la mujer ocurrido en la Comunitat Valenciana, registrado el 4 de septiembre en Torrent (Valencia) cuando una mujer de 38 años y nacionalidad española falleció a manos de su pareja.
Así lo ha anunciado el vicepresidente y portavoz del Gobierno valenciano, José Císcar, en la rueda de prensa posterior al pleno.

El supuesto autor del crimen, de nacionalidad española y 33 años, fue detenido tras recibir el alta hospitalaria ya que se provocó unos cortes tras supuestamente acabar con la vida de su pareja por estrangulamiento. La mujer no había presentado ninguna denuncia previa por malos tratos.

Císcar ha subrayado que "denunciar es la mejor manera posible de que las administraciones puedan ayudar a las mujeres que atraviesan esas difíciles circunstancias".

En lo que va de año, 32 mujeres han sido asesinadas a manos de sus parejas o exparejas en España y, de ellas, seis en la Comunitat.

Además de ser caso un de violencia contra la mujer, constituye también un problema de ámbito social público de interés general, que obliga a los poderes públicos a actuar de una manera activa con el objetivo de lograr la plena erradicación de los malos tratos.

Así, la Ley 9/2003 de la Generalitat para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, dispone que "la Conselleria con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consell de la Generalitat el ejercicio de la acción popular, a través del Gabinete Jurídico de la Generalitat o de abogadas/os colegiadas/os, en los supuestos de agresiones físicas domésticas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat Valenciana".

A su vez, la Ley 10/2005 de Asistencia Jurídica de la Generalitat indica que corresponde a los letrados de la Abogacía General la representación y defensa en juicio de la Generalitat y que éstos no pueden iniciar acción alguna en nombre de esta institución sin estar previamente autorizados a ello por la autoridad competente.

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