18 años de cárcel para un joven que obligó a una niña de 14 años a realizar felaciones a tres chicos y lo grabó en vídeo

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El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del pasado mes de febrero de la Audiencia Provincial de Valencia que condenó a 18 años y 10 meses de cárcel a un joven por obligar a una niña de 14 años a realizar felaciones a tres chicos, él entre ellos, mientras lo grababa en vídeo con el móvil, vídeo que usó para amenazar a la víctima después. Los hechos ocurrieron en Torrent en 2013.

El Supremo ha fallado que no ha lugar al recurso de casación interpuesto por el acusado contra la sentencia dictada en la Audiencia de Valencia en la que se le condena a 14 años y 4 meses de cárcel por un delito continuado de agresión sexual; a tres años y seis meses por un delito contra la intimidad y otro año de prisión por un delito de amenazas.

La sentencia emitida por el Supremo considera el comportamiento del recurrente, amenazando a la víctima de catorce años de edad con hacer públicas supuestas imágenes sexuales suyas para obligarla a tener relaciones con él y, aprovechando la cesión de la menor ante las amenazas, para imponerle que tuviese relaciones con otros amigos suyos, de “repulsivo y de una acentuada brutalidad”.

En la sentencia, el TS recuerda que tanto el recurrente como los otros chicos implicados que ya han sido condenados han reconocido los hechos y, por tanto, los intentos de atenuar la pena argumentando asuntos como la vida sexual de la menor o la anterior relación consentida con el acusado han sido calificados de “irrelevantes” e “impertinentes” por parte del tribunal.

El ahora condenado, tras salir en alguna ocasión con la menor, la amenazó con hacer públicas fotografías suyas manteniendo relaciones sexuales, fotografías que, a pesar de no existir, aseguró que podría conseguir mediante montaje fotográfico. Con esas amenazas, consiguió que la menor mantuviera de nuevo relaciones con él.

En una ocasión, se dirigió a una caseta para verse con él acusado y este aprovechó para llevar a otros amigos suyos y obligar a la menor a realizarles felaciones con las mismas amenazas. Al no disponer realmente de fotografías, el acusado aprovechó para grabar un vídeo de la menor realizándole una felación y utilizarlo después para seguir amenazandola con hacerlo público si no cedía a sus deseos. Según el tribunal, llegó a decirle a la menor que tenía que pagarle el vídeo “con carne o con dinero”, una actitud “mafiosa difícilmente calificable”, según ha reconocido en el fall el TS.

Así pues, después de que el acusado reconociera todos estos hechos, el Supremo ha desestimado el recurso de casación confirmando la sentencia de la Audiencia Provincial de un total de 18 años y 10 meses de cárcel por los delitos de agresión sexual continuada, contra la intimidad y amenazas.

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