11 años de cárcel para un hombre que disparó a su hijo y disponía de un arsenal de armas en su domicilio

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia condenó a un hombre, asociado a la Federación Española de Tiro Olímpico, a cumplir 11 años de prisión por disparar a su hijo, de 30 años, con un rifle, y por almacenar en su domicilio de Torrent un total de 12 pistolas, seis revólveres, 2.395 cartuchos, 1.851 vainas y 1.567 balas sin percutir.
El hecho tuvo lugar el 25 de marzo de 2005, sobre las 17:30 h, en el cruce de las calles San Cayetano y Santísimo Cristo de la Fe de Torrent. Según consta en la sentencia, el acusado disparó a su hijo en la pierna izquierda. Tras ello, se personaron varios agentes en el lugar de los hechos y trasladaron a la víctima al hospital, donde fue operado hasta en dos ocasiones.

Los días 6 y 8 de abril de 2005, los agentes registraron el domicilio del procesado y se incautaron de 12 pistolas, seis revólveres, 2.395 cartuchos, 1.851 vainas y 1.567 balas sin percutir. Además, hallaron un torno para modificar las características de las armas de fuego. Esto "demuestra" que el hombre se dedicaba a la adquisición y venta de las armas y municiones incautadas.

El tribunal consideró probados estos hechos en base a las declaraciones del acusado, de los testigos, de los agentes de la autoridad y de los informes periciales practicados. El hijo indicó ante el tribunal que no recuerda lo que ocurrió porque iba "super drogado".

Por su parte el acusado mantuvo que ese día, cuando estaba viendo la televisión junto a su mujer, oyeron un ruido y vieron a su hijo en el suelo. Al momento llegó la policía y se fueron al hospital. Respecto de las armas intervenidas, manifestó que efectuaba prácticas de tiro y que estaba federado desde hacía más de 30 años.

Preguntado por las 10 pistolas y cuatro revólveres supuestamente inutilizados pero hábiles para efectuar disparos, el acusado admitió que se podían disparar y explicó que conoció a dos chicos en el tiro que le modificaban las pistolas inutilizadas.

Según el tribunal, el hecho de que el acusado pertenezca a la Federación Española de Tiro Olímpico y efectúe prácticas de tiro regularmente, no le exime de responsabilidad penal, pues "en modo alguno vendría permitido el almacenaje de tan importante cantidad de cartuchería".

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